FIM: Fichero de Inquilinos Morosos

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Uno de los problemas clásicos del sector de la vivienda en España estriba en un insuficiente desarrollo del mercado del alquiler. Esto tiene distintas explicaciones, pero sin duda, la desprotección del arrendador, tanto desde el punto de vista de normativa, como de su aplicación judicial, figuran entre las causas más evidentes. En una suerte de justicia social a los ojos de algunos, al propietario le toca el papel de garante de los derechos que marca la Constitución. Y aquí paz y después gloria.

Lo más gracioso es que cada Gobierno que ha pasado por el problema desde la vuelta de la democracia ha pretendido solucionar este dislate. Generalmente, se buscaba solucionar este absurdo desequilibrio, pero siempre se quedaban a medio camino (desde el decreto Boyer a la SPAVIV, pasando por el establecimiento de supuestos procesos rápidos que se quedaban a medio camino). El caso es que, ante la inoperancia pública, el sector privado ha intentado buscar soluciones, que van desde los seguros, al arbitraje (mucho cuidado con esto) hasta llegar a un Fichero de Inquilinos Morosos.

Una empresa privada, denominada Fichero de Inquilinos Morosos Ibérica SL, ha creado una Base de Datos que recoge incidencias de morosidad en materia de arrendamientos de inmuebles. A continuación viene su propia definición:

FIM es el Fichero de Inquilinos Morosos, contiene información sobre arrendamientos impagados, tanto de personas físicas como jurídicas, aportada por los propios arrendadores y profesionales en la gestión de arrendamientos. Contiene también toda la información procedente de sentencias judiciales por desahucio, convirtiéndose en la base de datos más amplia y completa sobre morosidad en arrendamientos en el territorio nacional. FIM es la herramienta indispensable de consulta de más de diez mil profesionales de toda España. La participación en este registro se basa en el principio de reciprocidad, que consiste en beneficiarse de los datos ajenos aportando los propios.

Según manifiestan, han estado operando unidamente para operadores inmobiliarios hasta ahora y en estos momentos se abren al público en general, permitiendo consultas online por un importe de 14,99 euros, para comprobar si un inquilino es moroso o no. ¿A qué parece buena idea? Pues yo no estoy tan seguro de que la ejecución de la misma vaya a solucionar muchos problemas:

Para empezar, si rascamos un poco en esa definición, veremos que a dicha base de datos parece faltarle chicha. ¿Qué inquilinos morosos llegan a la misma? Por un lado aquellos que hayan aceptado, dentro de su contrato de alquiler la posibilidad de ser incluidos en caso de impago, por la mera comunicación del arrendador, sin esperar a sentencia firme. Digamos que funcionaria como arma de presión. Y yo me pregunto,¿cuántos de estos contratos hay firmados?, ¿cuántos inquilinos van a aceptar esta espada de Damócles sin intervención judicial? Y me respondo. Pocos, muy pocos.

Algunos me diréis que también se incluyen aquellos inquilinos morosos por sentencia firme. Ya. Pero esas sentencias de desahucio son las que aportan los propios arrendadores. O eso entiendo yo de la lectura del modo de acceso a la base de datos. No se trata, por tanto, de una base de datos de incidencias judiciales donde se recojan automáticamente todos los procedimientos judiciales por desahucio, ni mucho menos. Se alimenta por los propios arrendadores, que usaran el envío de la sentencia a dicha base de datos como amenaza para cobrarla. Resultado: que habrá inquilinos malos que pagaran, y acabaran realojados en otro inmueble sin mácula en dicha lista negra, a pesar de haber demostrado su falta de fiabilidad.

Creo que dicha base de datos apunta por el buen camino, pero su plasmación no conduce a nada relevante.Bueno si, a que haya gente que se desilusiones cuando compruebe cómo funciona realmente.

Vía | El Mundo
Más información | Fichero de Inquilinos Morosos
En El Blog Salmón | El ocaso de la Sociedad Pública del Alquiler, El gobiernon potenciará la vivienda en alquiler aunque la gente no lo quiera
En Pymes y autónomos | Inscribir en ASNEF a nuestros morosos

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