"La hipoteca sin más de Bankinter, hipoteca sin avalistas"; entrevista con Bankinter

"La hipoteca sin más de Bankinter, hipoteca sin avalistas"; entrevista con Bankinter
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Bankinter ha revolucionado el mercado financiero con el paso que ha dado en el segmento hipotecario con la presentación de la Hipoteca SIN más, hipoteca que en caso de impago se cancela única y exclusivamente con la entrega de la vivienda. Dada la novedad del producto, hemos entrevistado a los responsables de Bankinter para que nos resolvieran algunas dudas sobre este producto.

¿Qué coste tendrá esta hipoteca comparándola con el resto de oferta hipotecaria?
Las condiciones económicas son exactamente las mismas si comparamos con el resto de nuestras hipotecas. Si esta comparación la realizamos con el resto del mercado, y según los estudios que manejamos, estamos en la media.

¿Exigirá Bankinter la contratación de productos adicionales para formalizar esta hipoteca?
El único producto obligatorio es el seguro de hogar, que puede contratarse con nosotros o en otra compañía. Esta exigencia ya existe para las hipotecas que hacemos en Bankinter, de forma que no es exclusiva para el nuevo producto. Además, en la medida que el cliente voluntariamente contrate otro tipo de productos y se vincule mas con la entidad, mejorará el precio de su hipoteca.

No obstante, Bankinter no va a subrogar hipotecas de otras entidades con la hipoteca SIN Mas, dado que esta hipoteca tiene que ir asociada a la compra de la vivienda habitual.

¿Necesitan los compradores de vivienda avalistas?
En absoluto, la hipoteca se avala exclusivamente con la vivienda dado que la introducción de esta figura desvirtúa completamente el espíritu de la Hipoteca SIN mas.

¿Qué entidades de tasación van a tasar la operación?
Las homologadas por Bankinter en cada momento, que por supuesto cumplen todos los requisitos legales que se exigen a estas compañías.

¿Cómo funcionará el proceso de entrega de la vivienda en el caso de impago? ¿Proceso judicial o extrajudicial?
El banco no tiene ningún interés en llegar a un procedimiento judicial, tampoco puede nunca obligar al cliente a realizar la dación en pago, por lo que llegado el caso en que un cliente no pueda pagar será éste quien lo solicite al banco, y normalmente el banco lo aceptará evitando así el procedimiento judicial.

Para formalizar el proceso, el cliente y el banco acudirán al notario, se formalizará la entrega de la vivienda hipotecada al banco en el notario y se acabó totalmente la deuda pendiente, sin nada más y sin letra pequeña. Por supuesto, sin arrancar un proceso judicial, largo y costoso para las partes.

¿Qué requisitos se establecerán para conceder la hipoteca SIN Mas? Porcentaje de ingresos, capacidad de pago, importes máximos….
Esta hipoteca se concede para la compra de la vivienda habitual, además el importe máximo es el 80% sobre el valor de tasación y hasta 40 años de plazo. Sólo pueden acceder a ella las personas físicas residentes en España.

¿Qué morosidad tiene Bankinter en el segmento de hipotecas para vivienda habitual y qué mora se espera en este formato hipotecario?
A marzo de 2011 el índice de morosidad general de Bankinter es el 2.97%, siendo la media del sector a la misma fecha de el 6,1%.

Si nos fijamos en el índice de morosidad hipotecaria de bankinter con garantía de vivienda éste se reduce al 1.29% a esa misma fecha. La media del sector de este mismo índice, a diciembre de 2011, es del 2.40%. Sobre su evolución, en Bankinter no esperamos nigún cambio de tendencia sustancial en este índice.

¿Cómo creéis que reaccionará la competencia frente a este producto?
Pensamos que van a lanzar productos similares, lo que no sabemos es el tiempo que van a tardar ni las condiciones en las que lo harán.

¿Qué importe y número de Hipotecas Sin Más espera conceder Bankinter?
En este punto influirá la reacción de nuestra competencia, del tiempo en el que reaccione con productos en esta linea y de las condiciones.

¿Habéis necesitado autorización especial del Banco de España para realizar esta hipoteca?
La posibilidad de hacer una hipoteca exclusivamente con garantía real está en la ley hipotecaria (art. 140) desde el año 1944. Otro asunto, es que permitiéndolo la ley, la práctica del mercado hipotecario haya sido no hacer este tipo de hipotecas hasta ahora.

Gracias a los responsables de Bankinter por el tiempo que nos han dedicado en esta entrevista.

Más Información | Bankinter en Twitter
En El Blog Salmón | Bankinter lanza la hipoteca con dación en pago, rompe el mercado con muchos interrogantes

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