Más liquidez para los planes de pensiones de los parados

Más liquidez para los planes de pensiones de los parados
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Ya lo comentábamos a comienzo de año. El Gobierno barajaba hacer más líquidos, más accesibles, los fondos depositados en los planes de pensiones individuales. Y la vía que estudiaba era de la relajar los requisitos que se imponían por la legislación para los supuestos de paro o desempleo prolongado: en esencia, más de 12 meses desempleado y sin derecho a prestación contributiva. Por aquel entonce ya señalaba que no me gustaba la medida, pero que esperaría a ver como se concretaba.

Pues bien, ha llegado el verano y con el la modificación legal comentada. El RD 1299/2009 modifica este punto. A partir de ahora, se elimina el requisito de la antigüedad mínima de 12 meses en el desempleo. Por tanto, basta con no tener derecho a prestación por desempleo. De paso se recoge también el derecho de los autónomos en estos supuestos, cuando hayan cesado en su actividad.

Mi opinión sigue siendo la misma. No me gusta. Entiendo humanamente que es difícil pensar en el futuro cuando uno está apurado económicamente, pero creo que este tipo de medidas no ayudan para nada nada al producto ni a los fines que persigue. Si ante la primera dificultad financiera de una familia se le permite romper la hucha del ahorro para su jubilación, si no nos concienciamos de la necesidad de preservar un ahorro para tiempos venideros, lo veo complicado.

Financieramente sigo pensando lo mismo: en general, y dada la cantidad media de aportación, difícilmente sacarán a las familias de ningún atolladero. Algo mejor le vendrá a Hacienda, que cogerá su pellizco en los rescates. No solucionamos problemas individuales y engordamos uno colectivo. La verdad es que me parece un brindis al sol.

¿Alternativas? A bote pronto lo de los 12 meses no me parecía tan mal. para supuestos extraordinarios creo que cabría esa inmediatez, pero nunca como rescate. Me decantaría por algún modelo de financiación, de anticipo, con la garantía ya no de los propios derechos consolidados del plan si no de algún tipo de colaboración con la Seguridad Social para detraer de futuros ingresos las cantidades anticipadas. La hucha debe ser preservada.

Vía |Actibva Más información | RD 1299/2009 que modifica el Reglamento de los Planes de Pensiones (BOE - PDF) En El Blog Salmón | ¿Más liquidez en los Planes de Pensiones ? En Pymes y autónomos | Planes de pensiones: novedades y tributación futura Imagen | alan cleaver 2000

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