Ayer se conoció que la sala de lo Contencioso-administrativo, después de dos días de intenso debate y por un margen muy ajustado (15 votos contra 13), ha decidido que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) lo siga pagando el cliente al firmar la hipoteca y no el banco, cambiando así lo dicho hace solo tres semanas.
La ola de indignación ha sido general. Parece que cuando el Sumpremo sentencia en contra de los bancos algo raro pasa. Ya fue un escándalo cuando el Supremo ilegalizó las clausulas suelo, pero solo desde el momento en que dictó sentencia en 2013 y no cuando se denunció en 2009. Tanto que Estrasburgo lo corrigió. Y ahora vuelve a pasar algo parecido. Pero, ¿y si la nueva interpretación del pago del impuesto de AJD es beneficiosa para la sociedad y la sentencia del pasado 16 de octubre un error?
Bochorno en el Supremo
Lo primero que tiene que quedar claro: que yo considere aquí que la nueva sentencia sea la correcta desde el punto de vista económico, nunca jurídico, ahí no entro, no quiere decir que el espectáculo que ha protagonizado el Supremo sea normal. Es bochornoso. Primero dicta una sentencia, luego dice que no, que lo va a reconsiderar, y ahora contradice la primera sentencia.
El Supremo viene de escándalo en escándalo y esto no hace más que impulsar los populismos. La banca siempre gana, la gente del pueblo contra los poderosos y un largo etcétera. Hay que hacer algo con este Tribunal pues su prestigio está en entredicho y no puede ser que Estrasburgo le tenga que corregir en temas fundamentales.
Además, este escándalo no ha hecho más que congelar la firma de hipotecas en las últimas tres semanas. No quiero imaginar lo que estarán pasando compradores, vendedores e incluso los bancos a nivel de oficina por todo este lío. Las pérdidas económicas por un retraso así son importantes.
El impuesto AJD al final lo iba a pagar el cliente
Económicamente quien liquida el AJD es indiferente. Al final el que lo iba a pagar era el cliente, como siempre, la única diferencia es si lo tenía que liquidar el prestatario o el prestamista. Los bancos tienen sus márgenes y si le añaden un coste extra lo iba a repercutir al cliente directamente, ya sea con mayores comisiones o con mayores tipos de interés.
En un mercado libre los márgenes se ajustan por la competencia entre las entidades, no con impuestos, que al final siempre acaban repercutiéndose en los precios. Así que la sentencia no iba a cambiar lo que pasara de aquí en adelante.
Además, este caso es muy distinto que el de las claúsulas suelo o el IRPH: no se trata de que un consumidor desvalido tenga poco poder de negociación o información frente a un banco y le cuelen condiciones abusivas. Se trata de un impuesto que se tiene que pagar al firmar una hipoteca, no porque lo diga el banco, sino porque lo dice la ley.
La devolución de lo cobrado iba en contra de las arcas públicas
La clave de esta sentencia es para las hipotecas pasadas. Si el Supremo cambiaba el criterio y hacía pagar el impuesto a los bancos, las Comunidades Autónomas (que son las receptoras del AJD) tendrían que devolver el dinero a los ciudadanos que lo pagaron y cobrárselo a los bancos.
Se estima que el importe reclamable ascendía a 5.000 millones de euros. Importe que las Autonomías perderían y que luego ya veríamos si reclamaban a los bancos o se liaría una segunda ronda judicial. Al final íbamos a pagar entre todos la sentencia, vía menos servicios públicos, y además compensando a hipotecados que conocían perfectamente los gastos de firmar una hipoteca, y además compensando más a los que hipotecas más altas tuvieran (el AJD es un porcentaje, que varía entre Comunidades Autónomas, del importe de la hipoteca). ¿De verdad hay que devolver 5.000 euros a alguien que firmó hace unos años una hipoteca de 500.000 euros?
¿Es necesario el AJD?
Otro tema es si es necesario tener un impuesto así. En la UE existen otros países que tienen este impuesto, pero no tan alto. En España el impuesto varía desde el 0,5% al 1,5%, mientras que en otros países de Europa, si tienen el impuesto, va desde el 0,05% al 0,6%.
Por un lado está claro que es un mecanismo (uno de los pocos) que tienen las Comunidades Autónomas para aumentar su recaudación fiscal. Y no olvidemos que las Comunidades Autónomas son las responsables de una parte muy importante del gasto social en España, por ejemplo la Sanidad o la Educación. Si se elimina hay que aumentar la recaudación en otro ámbito o recortar servicios.
Los impuestos también actúan como un desincentivo. Si ponemos impuestos altos a algo en concreto, ese algo tendrá menos demanda, pues su precio sube. Por lo tanto tener un impuesto a la firma de hipotecas las desincentiva. ¿Queremos desincentivar las hipotecas? Es una decisión que tenemos que hacer como sociedad. ¿Y de dónde sacamos el dinero que se deja de recaudar? ¿O recortamos servicios? Es otra decisión que habría que tomar.