El Gobierno del PP, por fin, ha aprobado el mecanismo para la devolución de la cláusula suelo cobrada de las hipotecas. Según los cálculos del sector el coste para el sector bancaria será de entre 2.000 y 3.000 millones de euros.
Los aspectos más importantes que deben saber los afectados que el proceso será gratuito, se cerrará en menos de tres meses y tendrá un tratamiento fiscal ventajoso.
Se ha anunciado que se está trabajando en una nueva ley hipotecaria que haga que los contratos entre entidades bancarias y clientes sean mucho más transparentes. La idea es establecer reglas en las que se detalle de forma clara la información que se tiene que dar al cliente y que cláusulas que sean sensibles para evitar confusiones y falta de entendimiento.
Nos podemos preguntar: ¿Cómo va a ser el mecanismo de devolución de las cláusulas suelo? ¿Se pagará IRPF por las cantidades devueltas ni por los intereses generados? ¿Cómo se va a proceder con la deducción por compra de vivienda?
¿Cómo va a ser el mecanismo de devolución de las cláusulas suelo?
Este mecanismo se aprueba para la devolución de las cláusulas suelo, aprobado a través de Real Decreto Ley, así se evitará un colapso del sistema judicial por las reclamaciones y se facilita el proceso para recuperar el dinero.
Se calcula que existe alrededor de 1,5 millones de clientes afectados, podrán ir igualmente por vía judicial, pero el Gobierno el PP ha puesto otra posible vía de solución. Un cambio de la propuesta inicial es la obligatoriedad para las entidades bancarios pero opcional para el cliente.
Las entidades debe establecer en un máximo de 1 mes una vía de comunicación para todos aquellos clientes que sepan de una cláusula suelo, tanto si están pagando actualmente su hipoteca como si ya la han cancelado.
Una vez que el cliente lo conozca podrá reclamar a la entidad bancaria. La entidad bancaria debe calcular la cantidad a devolver incluyendo los intereses de los importes que se cobraron.
Por vía judicial se tendrá que cubrir las costas si es menor el importe judicial
Si el cliente está de acuerdo con el cálculo de la entidad bancaria, aunque lo puede no aceptar, se pagará en efectivo o a través de alguna medida compensatoria, como sería el descuento de la hipoteca que tiene en vigor o la reducción de las cuotas que se pagan de la hipoteca.
Pero en todo momento si no se paga se tiene que poner por escrito que conoce y entiende el mecanismo de compensación que se va a realizar por parte del cliente. En su totalidad el proceso tiene que durar un máximo de 3 meses, en los que el cliente no podrá ir por vía judicial.
Si al final se quiere ir por vía judicial, el cliente debe cubrir las costas si la sentencia que determina el tribunal es menor a lo que la entidad bancaria ofrecía por el mecanismo de devolución. Si es el caso contrario, entonces la entidad bancaria tendrá que pagar las costas judiciales.
El Gobierno prevé una reducción de los aranceles notariales y registrales que se pueden derivar de la adopción de las medidas compensatorias diferentes a la devolución del dinero.
No se pagará IRPF por las cantidades devueltas ni por los intereses generados
En cuanto el tratamiento fiscal de las devoluciones y sus intereses se ha previsto que no se va a pagar IRPF. Pero si el cliente se beneficia de deducciones por compra de vivienda estará obligado a presentar una declaración complementaria, sin sanción, en la que se revisarán las deducciones.
Para que este proceso fluya adecuadamente, un órgano con representantes de asociaciones de consumidores, abogados y otras organismos seguirán la aplicación de este mecanismo. Se emitirá un informe cada 6 meses en el que se viertan las conclusiones y cualquier hecho no adecuado.
Ejemplo de la deducción por compra de vivienda
Pese a que la devolución de la cláusula suelo no tributa el cliente sí que debe regularizar las deducciones por compra de vivienda habitual que se hubiera aplicado, en la parte de las cantidades correspondientes a la aplicación.
Si suponemos que la devolución es de 10.000 euros que se ha aplicado una deducción durante 10 año, es decir, 1.000 euros anuales, el afectado tendrá que devolver lo deducido en los últimos 4 años no prescritos, es decir, 4.000 euros.
El cliente no pagará intereses de demora a la Agencia Tributaria ni recargo fiscal por esta regularización. Este proceso también se aplicará de la misma forma en el caso de que el cliente se haya deducido las cláusulas suelo que ahora le devuelven por tener un inmueble sujeto a una actividad económica o por gastos de alquiler.
Hay una forma para evitar la regularización de las deducciones por vivienda habitual: el cliente no reciba la devolución a través de dinero, sino que la entidad bancaria se lo descuente de la cantidad que tiene que pagar de la hipoteca.
Al considerarse que es parte de la inversión destinada a la adquisición de su vivienda, el cliente mantiene las deducciones que ha realizado en los años anteriores.
En El Blog Salmón | Cláusulas suelo: así se recupera el dinero
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