Arranca la Campaña de la Renta 2016, ¿qué nos depara este año?

Hoy miércoles 5 de abril comienza la cuenta atrás para la declaración de la renta correspondiente a 2016, por lo que ya es posible solicitar el borrador o los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Física (IRPF) correspondiente al pasado ejercicio. La campaña se extenderá hasta el próximo 30 de junio.

Desde la Agencia Tributaria recuerdan que no hay grandes modificaciones normativas este año, ya que los últimos cambios que colean proceden de la reforma fiscal de 2015 y ya se aplicaron en la campaña de la renta del año pasado. No obstante, tomando como referencia el artículo que publicamos el pasado año sobre este tema, recordamos a continuación cuáles fueron dichas novedades:

  • Se reduce el número de tramos de siete a cinco y bajan los tipos marginales, sobre todo para las rentas altas.
  • Se amplía el mínimo para estar obligado a presentar la declaración de 11.200 a 12.000 euros.
  • La eliminación de la deducción por alquiler para los inquilinos, aunque seguirán beneficiándose de ella los que firmaran su contrato antes del 1 de enero de 2015.
  • La reducción de las cantidades que se pueden deducir por planes de pensiones (máximo 8.000 euros, frente a los 10.000 del año anterior).
  • Los llamados "Planes de Ahorro 5" pasan a estar exentos, siempre que no se retire el dinero antes de cinco años y con un máximo de 5.000 euros anuales.
  • Las ganancias patrimoniales a corto plazo plazo pagarán menos impuestos.
  • Los mayores de 65 años no pagarán ganancia patrimonial si la convierten en renta vitalicia con una aseguradora.
  • Las aportaciones a partidos políticos no reducirán la base imponible, aunque sí la cuota.
  • Desparece la reducción general que había hasta ahora de 2.652 euros para los rendimientos del trabajo y se aprueba una deducción de 2.000 euros.
  • Aparece una deducción adicional de 1.200 euros al año para familias numerosas, por ascendiente con dos hijos o por personas con discapacidad.
  • Se duplican las deducciones para los donativos.
  • Se elimina la exención de 1.500 euros anuales por las retribuciones percibidas en acciones.

Fechas a tener en cuenta

La Campaña de la Renta 2016 durará casi tres meses: desde hoy mismo hasta el 30 de junio. Durante este intervalo de tiempo los contribuyentes estamos obligados a ponernos al día con Hacienda. No obstante, para trámites con el borrador en las oficinas de la Agencia Tributaria habrá que esperar hasta el 11 de mayo, como veremos a continuación:

  • 5 de abril. Comienza la campaña. Por medios telemáticos desde hoy mismo es posible presentar nuestra declaración desde la web de la Agencia Tributaria.

  • 4 de mayo. Comienza el servicio de concertación de cita previa.

  • 11 de mayo. Comienza el periodo para confeccionar la declaración en las oficinas de la Agencia.

  • 26 de junio. Fin del plazo de presentación para las declaraciones que han salido a ingresar con domiciliación bancaria.

  • 29 de junio. Acaba el servicio de concertación de cita previa.

  • 30 de junio. Finaliza la Campaña de la Renta 2016. Todas las declaraciones han de estar presentadas.

A continuación repasaremos el funcionamiento del servicio Renta web y cómo solicitar el borrador de forma online.

El servicio Renta Web dirigido a todos los contribuyentes

Este año desaparece definitivamente el Programa PADRE, que ya el pasado año quedó relegado exclusivamente a los autónomos que declaraban actividades económicas. Para sustituirlo, el resto de contribuyentes usamos en 2016 por primera vez el sistema Renta web, que este ejercicio se generaliza para todo el mundo.

Las principales ventajas que nos ofrece el servicio Renta web es que posibilita acceder al sistema para hacer la declaración de la renta desde dispositivos electrónicos. Además, nos permite iniciar la declaración en un dispositivo y terminarla en otro. Otra gran ventaja es que no necesita instalación ni Java, cosa que no ocurría con el Programa Padre.

El acceso a dicho sistema es bastante intuitivo desde la web de la AEAT. Como recordarán, ya el pasado año desapareció el icono de solicitud del borrador de la renta y se sustituyó por el icono de Renta web, que nos ofrece tres posibilidades de identificación: mediante certificado electrónico o DNI electrónico, mediante el Sistema Clave PIN o mediante el número de referencia.

¿Cómo presento la declaración por internet?

Una vez entramos en la Campaña de la Renta 2016 de la web de la Agencia Tributaria, lo primero que hemos de hacer es obtener el número de referencia. Para ello tenemos tres opciones: con la casilla 440 de la Renta del año 2015, con certificado electrónico o mediante la Cl@ave PIN.

Si lo hacemos con el número de referencia, el sistema de autenticación pasa por hacer uso del sistema RENo, que nos permite recibir un SMS al teléfono móvil con una clave de referencia para gestionar nuestra renta. Una vez tengamos dicha clave, hemos de hacer clic en "Servicio Tramitación borrador/declaración (Renta Web)", elegimos número de referencia y accedemos al borrador.

Con el borrador delante debemos revisar los datos personales y los económicos antes de continuar. Además, si formamos parte de una unidad familiar, tenemos la opción de hacer la declaración de forma conjunta o bien de forma individual si señalamos la pestaña correspondiente.

Las modificaciones en el borrador a través de Renta Web se pueden guardar y acceder más tarde desde cualquier dispositivo, así como empezar de cero si hacemos clic en "Nueva declaración". También se pueden hacer modificaciones llamando por teléfono a la Oficina de atención al contribuyente (901 200 45 o 91 535 68 13) o bien de forma presencial en las oficinas de la AEAT (citas a partir del 4 de mayo y visitas desde el 11).

Una vez efectuadas las modificaciones pertinentes, si estamos de acuerdo con el borrador, se podrá presentar la declaración marcando la opción "presentar declaración". Y listo.

¿Estás preparado para ponerte al día con Hacienda? ¡Suerte!

En El Blog Salmón | Renta 2015: borrador, novedades y cómo usar el nuevo servicio Renta Web

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