La CAM mintió a la CNMV y la CNMV ha permitido este engaño



CAM mintió a la CNMV el pasado viernes y la CNMV ha permitido ese engaño. El pasado viernes, con la presentación de los resultados de los test del estrés, las entidades financieras enviaron las correspondientes notas a la CNMV (captura superior y click sobre imagen para acceder a ella) con dichos test del estrés y su propia valoración. Hace sólo una semana, la CAM titulaba así su comunicación: “Caja Mediterránero no necesita ninguna aportación de capital”.. Han transcurrido 7 días y la CAM necesita 2.800 millones de euros.

Pero no queda aquí el asunto. La CAM se atrevió a informar a la CNMV sobre lo siguiente:

Caja Mediterráneo ya está desarrollando con éxito su Plan de Recapitalización, cumpliendo con estrictas medidas de ahorro de costes que situarán la eficiencia y productividad de la Entidad en los niveles requeridos por el nuevo entorno competitivo y regulatorio
No hay que ser una mente privilegiada para comprobar cómo la CAM ha mentido ante la CNMV dado que, ni el plan de recapitalización se estaba llevando a cabo, así lo dice hoy el Banco de España y sí se constata cómo la entidad tiene necesidades de capital sumamente cuantiosas. La CNMV estaba al tanto de la intervención de facto del Banco de España, dado que ambas entidades dependen del Ministerio de Economía y por tanto, la CNMV ha permitido que una entidad financiera mienta descaradamente a todos.

No sé si el consejo de administración que ha remitido esta nota a la CNMV sabe que mentir aquí es delito penal. Desde hace unos meses, se considera delito penal por aplicación del Art 282 Bis del CP
Los que, como administradores de hecho o de derecho de una sociedad emisora de valores negociados en los mercados de valores, falsearan la información económico-financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros o las informaciones que la sociedad debe publicar y difundir conforme a la legislación del mercado de valores sobre sus recursos, actividades y negocios presentes y futuros, con el propósito de captar inversores o depositantes, colocar cualquier tipo de activo financiero, u obtener financiación por cualquier medio, serán castigados con la pena de prisión de uno a cuatro años, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 308 de este Código.

Juzgad vosotros mismos lo que ha ocurrido aquí y lo que va a sucederle al Consejo de Administración que remitió esta nota a la CNMV. Sencillamente nada, porque este artículo, no se aplicará nunca a nadie que tenga que ver con el sistema financiero.

Más Información | CNMV – Nota de la CAM y test del estrés (PDF)
En El Blog Salmón | CAM, intervenida por el Banco de España inyectando 5.800 millones de euros, La CAM pide el rescate del FROB ¿llegará antes Santander o BBVA?, La conolización de Seseña de la mano de la CAM, Banco de España da un toque de atención a la CAM>

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