El Tribunal Supremo ha anulado varios contratos de swap que el Banco Sabadell había realizado a una empresa y le ha obligado a restituir las liquidaciones abonadas por la empresa.
El Tribunal Supremo obliga al Banco Sabadell a devolver el importe de las liquidaciones más los intereses legales. La sentencia ha sido un precedente ya que la empresa afectada tenia un administrador que era diplomado en empresariales. Este fue el motivo que la Audiencia Provincial de Asturias había absuelto a la entidad financiera.
Nos podemos preguntar: ¿Qué es un swap? ¿Por qué esta sentencia es diferente al resto del Tribunal Supremo por productos swaps? ¿Por qué el Tribunal Supremo reafirma la obligación de dejar claro en el contrato los riesgos? ¿Qué otras sentencias del Tribunal Supremo condenando al Banco Santander por swaps? ¿Qué consecuencias tiene la sentencia del Tribunal Supremo?
¿Qué es un swap?
Cuando el swap ganaba dinero compensaba el encarecimiento de la cuota mensual de la hipoteca. Lo que no se dejo claro a los clientes es que si bajaba el Euribor, el swap perdía dinero y el titular del productos financiero le tenía que pagar a la entidad financiera.
Al final es lo que paso con las bajadas tan radicales del tipos de interés promovidas por el BCE y la crisis financiera, y muchos clientes afectados vieron que lo que habían pagado no era un seguro, sino que las entidades bancarias les quitaban su dinero.
Muchos de los clientes demandaron a las entidades bancarias que le vendieron los swaps y muchos de estos han llegado al Tribunal Supremo, que lo han resuelto hasta este momento a favor de los clientes.
¿Por qué esta sentencia es diferente al resto del Tribunal Supremo por productos swaps?
Eso quiere decir que el error de la empresa al contratar un producto como el swap ha sido excusable aunque la empresa podría conocer los riesgos que se asumían. Por tanto, la venta se ha producido como nula y la entidad financiera tiene que reintegrar el dinero a la empresa.
Por parte del Banco Sabadell el Tribunal Supremo ha dejado claro que a los clientes minoristas que se le ofrecen y venden productos complejos se les tiene que informar de una serie de exigencias de información.
Esta exigencia de información de los riesgos que asume un cliente a contratar un producto no se pierde cuando se tienen estudios relacionados con carreras de finanzas o por el hecho que la empresa haya contratada de un swap disponiendo de un departamento financiero.
El Tribunal Supremo reafirma la obligación de dejar claro en el contrato los riesgos
No es suficiente entender que se ha cumplido con la obligación de información recogidos en el artículo 79 bis 3 de la Ley del Mercado de Valores e impedir la apreciación del error por vicio. Hace falta que las entidades bancarias expliquen con claridad cómo se van a realizar las liquidaciones y los riesgos que asume el cliente.
La sentencia del Tribunal Supremo dice claramente que la documentación que se firma por las dos partes se indicaba de forma genérica el riesgo que pudiera haber de las liquidaciones negativas, pero sin especificar la onerosidad que podía representar.
Considerando el Tribunal Supremo que esto no es suficiente para exista validez en el contrato con un cliente que se considera minorista aunque tenga estudios relacionados con carreras relacionadas con finanzas.
Otras sentencias del Tribunal Supremo condenando a las swaps durante el 2016
Durante el mes de abril del 2016 el Tribunal Supremo anuló 11 contratos de permuta financiera de tipos de interés, swap, suscritos por la firma irunesa Eguitrans con el Banco Santander, al entender que la entidad no ofreció una información correcta y adecuada sobre estos productos a la empresa de transportes.
¿Qué consecuencias tiene la sentencia del Tribunal Supremo?
Los procesos de arbitraje de preferentes de las cajas no incluyeron aquellos clientes que tenían conocimientos o experiencia con este tipo de productos financieros. Con esta sentencia, se abre una nueva vía que estos clientes también puedan recuperar su dinero.
En el Blog Salmón | Manifestación de los SWAPS: ¿pasotismo o queja por gusto?
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