Ha entrado en vigor en España: los propietarios ya no pueden alquilar su vivienda para uso no residencial o temporal sin permiso de la comunidad de vecinos
InstitucionesDesde el 3 de abril de 2025, montar un piso turístico en un edificio de vecinos ya no depende solo del Ayuntamiento: la comunidad puede vetarlo, y le basta una mayoría de tres quintas partes para limitarlo, prohibirlo o cargarle hasta un 20
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