Pues con todo el revuelo de Bankia ha pasado casi desapercibido para la mayoría de medios una modificación legal que nos va a doler mucho en nuestra relación comercial con las entidades financieras. Desde ya, los bancos pueden cobrar la cantidad que quieran en comisiones, dado que se ha eliminado la publicación de las tarifas de comisiones máximas aplicables.
El cambio tiene tarea, dado que ahora, las entidades financieras publicarán las comisiones habituales mediante formato unificado en formulario publicado por el Banco de España pero respecto las comisiones, ahora se fijan de la siguiente forma:
Las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes.
Esta modificación se aprobó a finales de octubre del 2011 y entró en vigor a finales de abril, dado que se dió un periodo transitorio de 6 meses para la puesta en marcha de la norma.
Los efectos ya se están notando a todos los niveles y si habéis sido perspicaces habréis observado cómo las entidades financieras han enviado a sus clientes unas comunicaciones en las que avisan de los cambios en determinadas cláusulas contractuales de nuestras cuentas corrientes, tarjetas, pólizas de crédito e incluso hipotecas.
La realidad es que ahora, una entidad financiera puede cobrarnos perfectamente una comisión de 50, 100 ó 200 euros por un descubierto en cuenta corriente de 15 euros, incluso si ellos han provocado el descubierto, práctica muy habitual últimamente. Antes, al menos, esas entidades financieras tenían un máximo fijado a la comisión, ahora, lo fijarán libremente en función de los perfiles financieros. ¿Se entiende ahora mejor cómo se van a solucionar parcialmente los beneficios de nuestras entidades financieras quebradas?
Vía | BOE, Gestores de riesgo
En El Blog Salmón | Permitanme que defienda a los malos, La bancarización obligatoria que se avecina: bancos 1 – ciudadanos 0
Imagen | Eric Caballero