Las bajas temporales del BBVA

El viejo sueño de algunos parece que se ha convertido en realidad. Ese día en que el jefe le diga, chaval, no hace falta que vengas a trabajar,te mandamos el sueldo a casa y disfrútalo. A alguno le habrá sonado a eso la noticia de esta mañana: el BBVA ofrece la baja temporal a empleados a partir de los 33 años.

En esencia, viene a ser la clásica figura de la excedencia, pero retribuida. El Banco, tal y como subtitula El País, pagara el 30% del sueldo durante un periodo de tres a cinco años a quien se acoja a dicha medida. Bonito, pero quizás no tanto.

Como decía Mecano, el matiz viene después. El 30% es de la retribución básica anual, con un mínimo de 12.000 euros, siempre que este no supere el 40% de aquella. Pero, ¿qué es la retribución básica? Entiendo que sin duda se refieren al sueldo base que por convenio le corresponde a un trabajador en función de su categoría profesional, y puede ser discutible que dentro del mismo se engloben otros conceptos como complementos por antigüedad o asimilados. En todo caso, lo que no esta incluido ahí son los llamados complementos por puesto de trabajo o complementos personales, y mucho menos bonus, variables y demás.

Desconozco la estructura salarial del BBVA, pero este matiz es muy importante. La clave no esta en el variable ni en las primas por objetivos, dado que dicho concepto esta totalmente en manos de un (imposible) mercado y de una empresa que es libre para fijarlo año a año. La clave son esos complementos, personales o de puesto de trabajo, que pueden llegar a suponer más del 50% de la retribución anual de un profesional de Banca, sobre todo de esas edades. Dicho de otro modo, esa retribución básica puede ser, por ejemplo, un 40% de la retribución anual de un profesional bancario, ergo el 30% del mismo es un 12% de lo que percibe bruto anualmente.

Por tanto, desde un punto de vista financiero, la jugada del BBVA es golosa. Se ahorra mucho más de un 70% de la retribución anual bruta de ese empleado, sin contar con las cargas sociales. Pero de cara al empleado deberá hacer muchos números para complementar sus ingresos.

Y es que con ese 30%(por llamarlo de algún modo), el empleado deberá buscar, generalmente una fuente de ingresos complementaria. Y me temo que, como ocurre en las excedencias clásicas, tendrá vetado el trabajar en el sector. A poco que dicho sector se considere de un modo amplio, esto limita muy mucho las posibilidades de profesionales que llevan más de 10 años centrados en Banca. De ahí que las alternativas en las que piense el Banco es que esto sea un paso previo para preparar unas oposiciones (sic) o para montar un negocio (no financiero, entiendo).

Llegado este punto, creo que el BBVA debería reconsiderar este punto, e ir más allá, valorando la posibilidad de participar en el capital de empresas que se monten a raíz de este programa. Vengo defendiendo lo interesante de liberar este capital creativo sin perderlo del todo, y obteniendo encima réditos por ello.

Por otro lado, el trabajador ha de recordar que esta caída de sus ingresos implica también una caída en las cotizaciones sociales, en la antigüedad, etc. Y que el tema de tener garantizado el retorno es muy interpretable: ¿a dónde?, ¿en qué condiciones?, ¿cómo podré ponerme al día después de 5 años fuera de la organización? Si eres empleado del BBVA conviene tener muy claras estas preguntas, y responderlas en la medida de lo posible si no queremos llevarnos sorpresas.

Hay otras medidas, pero son menos llamativas, dentro de este plan de ajuste de plantilla. Como opción me parece correcta, siempre que se de como totalmente voluntaria. Supone una solución individual, y distinta a la típica prejubilación que supone una desvinculación total de la empresa, y por supuesto también a un ERE que no sería ni bien visto por el mercado, ni admitido por las autoridades. Veamos como se desarrolla.

Vía | El País
En El Blog Salmón | ¿Qué es una prejubilación?
Más información | Actibva, Convenio Banca Privada

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