Comenzando por el primero que nombro, la Seguridad Social es un término que se refiere al bienestar de los ciudadanos, de los integrantes de una comunidad. La definición armonizada más reciente y aceptada por todas las economías es aquella que definió la Organización Internacional de Trabajo en 1991 como sigue:
La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.Como vemos, la acción protectora tiene diversas vertientes, desde las medidas económicas a las medidas de protección sanitaria. Esta definición aceptada por todas las economías, se adapta a cada territorio en función de su propia evolución económica y social, siendo el caso español de la Seguridad Social uno de los sistemas más completos comparando con el resto de economías avanzadas.
La Seguridad Social española, un poco de historia
La Seguridad Social española se remonta a 1883, mediante los primeros estudios de la Comisión de Reformas Sociales. De estos estudios, apareció en 1908 el Instituto Nacional de Previsión, como organismo centralizador de todas las cajas de previsión que comenzaban a aparecer dentro del panorama socioeconómico de los albores del siglo XX.
Desde 1908, se generó la aparición de los distintos mecanismos de acción protectora mediante la creación de sistemas de cotización obligatoria para cada una de las distintas acciones protectoras. Se marcan como principales hitos las siguientes coberturas obligatorias como el Seguro para el Retiro Obrero (1919), el Seguro Obligatorio de Maternidad (1923), Seguro de Paro Forzoso (1931), Seguro de Enfermedad (1942), Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, SOVI (1947).
En todo este periodo, proliferaron los sistemas de protección mediante distintas mutualidades, como vehículos para completar la acción protectora de la Seguridad Social. Estas mutualidades laborales estaban agrupadas por regímenes laborales, con la aparición de las consiguientes diferencias económicas y sociales entre las distintas profesiones.
Por todos estos motivos, todos estos seguros se demostraron como insuficientes para el sostenimiento de la acción protectora de la Seguridad Social y en el 1963 se formula la primera Ley de Bases de la Seguridad Social. Esta primera ley perseguía la implantación de un modelo unitario e integrado de todos los aspectos de protección social existentes. Los pilares principales del modelo eran:
* Modelo de gestión económica de reparto.
* Encomendado a la gestión de la Administración Pública.
* Participado por las aportaciones a realizar por el propio Estado.
Esta ley terminó de formularse en 1966 bajo la Ley General de la Seguridad Social, entrando en vigor el 01/01/1967, fecha que se determina como el nacimiento del actual sistema de Seguridad Social que gozamos hoy en día. No obstante, en este sistema se seguían arrastrando diferencias entre las cotizaciones realizadas y los salarios reales, falta de actualización para las aportaciones realizadas y un camino tortuoso para conseguir la unidad de todos los sistemas de cotización.
Financieramente el sistema se demostró insostenible en los años 70 y no fue hasta la llegada de la democracia y la formulación del Art 41 de la Constitución, no se formularon las reformas adecuadas para asegurar el sostén económico de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social. Esta primera gran reforma data del año 1978, como punto en el que se crean todos los institutos de la Seguridad Social que dividen y facilitan la gestión del ente público. Estos institutos son: * El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) * Instituto Nacional de Salud. * Instituto Nacional de Servicios Sociales * Instituto Social de la Marina. * Tesorería General de la Seguridad Social. Durante la década de los ochenta, se trabajó a todos los niveles en áreas de mejora de la protección social de todos los individuos de tal manera que se ampliaban las prestaciones económicas a colectivos no cubiertos, se generalizó la asistencia sanitaria universal a personas que no realizaban aportaciones a la Seguridad Social mediante la redacción de la Ley 14/1986 General de la Sanidad y se crearon nuevas vías protectoras como los subsidios de desempleo.
Estas ampliaciones generaban que el modelo contributivo planteado fuese insostenible por sí mismo, ampliándose cada vez más la dependencia del sistema de las aportaciones del Estado vía Presupuestos Generales y disminuyendo la capacidad recaudatoria de las cotizaciones de afiliados y empresas. A partir de ahí, en 1995 se suscribió el Pacto de Toledo como la hoja de ruta a seguir para lograr la estabilidad financiera del sistema de Seguridad Social en el tiempo mediante la introducción de mportantes cambios. Estos fueron: * Implantación definitiva de las prestaciones no contributivas a la Seguridad Social. * Creación del Fondo de reserva de la Seguridad Social. * Creación de un sistema de financiación independiente para la Sanidad Pública que no está vinculado con las cotizaciones a la Seguridad Social y poder hacer efectivo realmente el derecho de acceso a la sanidad y asistencia sanitaria universal. * Introducción de mecanismos de jubilación flexibles e incentivos para prolongar la vida laboral activa. Desde la firma del Pacto de Toledo, las políticas realizadas sobre la Seguridad Social se han encaminado a garantizar el futuro de las prestaciones establecidas, a la mejora de la financiación sanitaria y a la ampliación de las coberturas sociales.
¿Cómo se financia la Seguridad Social y qué gastos asume?
En la actualidad, la Seguridad Social es un ente público con personalidad jurídica propia que tiene las siguientes fuentes de financiación: * Ingresos de empresas y trabajadores vía cotizaciones. * Gestión de cuentas con las Mutuas de Trabajo y Accidentes, mediante aportaciones para la cobertura de enfermedades profesionales. * Ingresos procedentes de los Presupuestos Generales para la cobertura de prestaciones no contributivas de carácter permanente. * Ingresos patrimoniales y financieros de los recursos del ente público. Dentro del apartado de gastos que corren a cargo de la Seguridad Social destacan fundamentalmente: * Gastos propios de funcionamiento del ente público. * Gastos en prestaciones a la población, fundamentalmente, pensiones, tanto contributivas como no contributivas y prestaciones económicas dependientes del INSS como bajas por maternidad o incapacidad permanente para el puesto de trabajo o invalidez. * Otros gastos financieros. Como podemos observar, la Seguridad Social solo cubre los gastos sanitarios derivados de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que están encomendados a la gestión de las mutuas de trabajo, dado que las mutuas de trabajo y accidentes son entes sin ánimo de lucro que rinden cuentas a la Seguridad Social en todos sus capítulos de ingresos y gastos.
Esta separación directa, genera que la financiación de la sanidad pública queda totalmente desvinculada de las cuentas de la Seguridad Social sin incluir tampoco las prestaciones sanitarias y el derecho universal de acceso a la salud por razón de residencia, dentro de las cuentas presupuestarias de la Seguridad Social. Esta financiación sanitaria y su articulado, la explicaremos en otro de nuestros Conceptos de Economía.
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