Hola, me llamo José Ignacio Wert, soy el ministro de Cultura de España y no tengo ni idea de cómo funciona el IVA. Esta frase, podría ser la presentación del Sr. Ministro en un grupo de autoayuda de los muchos que se imparten, en su caso, bien para que aprenda a tener la boca cerrada, bien para que le enseñen el funcionamiento del sistema impositivo español, en el caso particular del IVA.
El Sr. ministro, ha tenido a bien justificar el cambio en el IVA del material escolar, “porque no se puede determinar si un cuaderno lo compra un arquitecto o un niño”. No se pueden decir más atropellos en la misma frase, refiriéndose a un impuesto. Que este tipo de frases las diga un ciudadano cualquiera, pase pero que lo diga una persona que se siente en la mesa del Consejo de Ministros que dirime nuestros designios es realmente grave. Para aclararle conceptos, me voy a permitir la licencia de explicar algunos términos sobre el IVA que el ministro desconoce.
En primer lugar, el IVA es un impuesto al consumo, se aplica al producto o servicio por su tipología y uso y no tiene relación alguna con la persona que consuma dicho producto o servicio. El IVA del pan es del 4% y lo pagan los que tengan rentas elevadas o los que no tengan alguna renta. Lo pagan las personas físicas cada día y también lo pagan los restaurantes.
En segundo lugar y más importante aún, el IVA lo paga de manera efectiva siempre el consumidor final. En el caso de material de oficina, papelería o material escolar, el último responsable del servicio somos los ciudadanos, nunca los profesionales, autónomos o empresas. La comparación con el arquitecto, es una prueba empírica del desconocimiento del ministro del funcionamiento real del impuesto.
A ese arquitecto le es indiferente el tipo de IVA de su material de oficina, dado que él lo deduce dentro del desarrollo de la actividad y el paganini final del IVA de ese cuaderno, es el cliente del arquitecto que le ha encargado una casa o el cliente de la promotora que le compra una vivienda mediante la factura de proyecto.
Podemos entrar en disquisiciones filosóficas sobre el IVA en estimación objetiva (se paga una cuota fija sin deducciones) o aquellas empresas que sí actúan como consumidores finales del IVA, que son justamente las empresas que no repercuten IVA por sus productos o servicios. Pero esto, ya se lo dejamos al Sr. Ministro para su siguiente clase.
En El Blog Salmón | Qué es el IVA, La ampliación de bases imponibles en el IVA, ese bonito eufemismo para subir el IVA