La nueva redacción de los artículos 270 y 271 del Código Penal condena con penas de 2 a 6 años de prisión, inhabilitación profesional por 5 años a aquellos que obtengan beneficio directo o indirecto prestando un servicio de referenciación de contenidos en internet que facilite la localización activa y sistemática de contenidos objeto de propiedad intelectual. O sea, que con éste, éste o éste otro enlace, si se aprueba esta aberración, yo podría ir a la cárcel 6 años y esta página podría cerrarse ipso-facto puesto que esta página y yo mismo, obtenemos un lucro por el propio contenido que generamos. El problema va más allá, dado que en la red tenemos infinidad de webs que tienen material protegido por propiedad intelectual, por ejemplo este mismo texto (aunque en nuestro caso, la licencia es creative commons) y no se puede romper la estructura de navegación y enlaces ni catalogar como distribución un puntero HTML. Ya se corta con el mismo rasero aquel que aloja y distribuye material protegido como puede ser música, vídeo, libros o cualquier otra manifestación artística obteniendo un lucro con el mero hecho de enlazar a un site que contenga dicho material.
Esta reforma hace buena la criminalización del enlace, la construcción de la red, el sistema de agregación de contenidos, el tejido de distribución de un usuario a otro so pena de análisis exhaustivo previo del enlace que sirves.
Por otra parte, si el objetivo es parar "la pirateria", le código penal lo lleva crudo, porque le van a faltar juzgados, jueces y cárceles para meter a internautas, puesto que absolutamente todos los usuarios que navegan habitualmente por la red comparten con mayor o menor frecuencia contenidos protegidos. Esto es señal de arbitrariedad en la futura aplicación de esta norma; extremo que no se puede tolerar cuando hablamos de leyes penales.
Si alguien no me cree de las continuas violaciones en materia de enlaces a contenidos protegidos con lucro directo o indirecto, basta con darse una vuelta por cualquier red social como Facebook o Twitter para encontrar miles de enlaces que se realizan cada día que apuntan a material protegido por las leyes de propiedad intelectual. ¿qué pasos vamos a adoptar contra este atropello jurídico?
En El Blog Salmón | Análisis de los cambios en el Código Penal para los delitos económicos, Fraude de 4.000 a 50.000 euros: de tres meses a un año de prisión según el nuevo Código Penal