Coto al spam telefónico y a la contratación a distancia

Hace un par de Consejos de Ministros que el ejecutivo aprobó el anteproyecto de ley de la defensa de los consumidores. Esta nueva ley persigue mejorar la contratación a distancia y aborda algunos puntos polémicos que más que como mejora, pueden actuar como freno.

Pero si hay una medida interesante dentro de esta nueva normativa, es la ratificación posterior de la contratación telefónica y el coto al spam telefónico que la inmensa mayoría de nosotros estamos cansados de recibir cada día. Las medidas que pretenden acabar con el spam telefónico son las siguientes:

  • Posibilidad de anulación de futuras llamadas comerciales de determinadas empresas durante la propia llamada comercial. Aquí se prepara un sistema para articular esto de acuerdo con los operadores telefónicos (aunque claro, si ellos son los primeros que hacen spam...)
  • Y la ratificación posterior de un contrato a distancia realizado entre empresa y consumidor mediante email, SMS, fax o cualquier otro medio escrito.

Con esta última medida, se acabó la colocación de la mejor tarifa telefónica, de la venta a la abuela de cosas que no quiere y que ha aceptado por teléfono y del consentimiento necesario y posterior para que la contratación sea firme.

Ambas medidas son buenas dado que al consumidor final que va a realizar una compra, no le cuesta ningún trabajo enviar un mail o SMS para ratificar la compra una vez que está informado correctamente de los productos o servicios que recibe. Supongo que las empresas que basan su política comercial de ventaen el spam telefónico.

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