La Declaración de la Renta posee tres verdades inapelables: es de obligado cumplimiento, de no hacerla -si debemos hacerla- estamos incurriendo en un delito y que aún, en 2025, esconde `secretos´ que muchos contribuyentes desconocen.
Cada año se incluye alguna que otra novedad, ajustes o cambios. Pero también hay otros puntos de ella que siguen sin actualizarse y eso nos perjudica a todos. De hecho, por culpa de esa inanición en alguna que otra parte de la Renta, estamos llegando a perder poder adquisitivo.
Hablamos del mínimo personal y familiar, uno de los puntos clave de la escala de retenciones, que pretende ajustar el impuesto a las necesidades mínimas del contribuyente y su familia.
Sin embargo, dicha deducción se encuentra congelada desde 2015 pese a que el precio de la vida ha subido, como es lógico, en esta última década. Un estancamiento que provoca que con el mismo salario, estemos pagando más en impuestos proporcionalmente que hace muchos años.
¿Qué es el mínimo personal y familiar?
El mínimo personal y familiar no es una deducción al uso, sino una cantidad que queda exenta de tributación al considerarse que cubre las necesidades mínimas del contribuyente para mantenerse a sí mismo y a su familia a cargo. O lo que es lo mismo, de nuestra renta debería no tributar una parte porque va destinada a la pura subsistencia.
Esta deducción consta de varios mínimos: el del propio contribuyente, por descendientes, por ascendientes y por discapacidad. En cuanto a lo fiscal, se detrae directamente de la base liquidable el total de dichos mínimos y tributa al 0% De esta forma se garantiza que todas las personas con iguales circunstancias tengan el mismo alivio en materia fiscal, independientemente de su nivel de ingresos.
¿Por qué este mínimo no se ha actualizado desde 2015?
Por mucho que esta medida haya sido tomada en aras de la equidad fiscal, lo cierto es que no ha sido reajustadas desde 2015, cuando el mínimo personal a descontar en el caso de rendimientos del trabajo era 5.550 euros anuales (5.151 euros incluso antes de dicha fecha).
En aquel entonces, esta medida significó una pequeña ayuda para muchas familias, pero con el tiempo, el coste de la vida ha subido inmensamente, especialmente en conceptos como el alquiler, la alimentación y los gastos básicos.
Hoy en día, con una inflación acumulada del 25,7% con respecto a 2019. La injusticia fiscal que significa sigue siendo que tributemos como si nuestras necesidades básicas costases lo mismo que hace 10 años. Esa injusticia a final de año se convierte, en la práctica, en mera pérdida de dinero aunque los ingresos no hayan aumentado.
Las comunidades autónomas y su capacidad limitada de ajuste
El artículo 59.3 de la Ley 22/2009 permite a las Comunidades Autónomas cambiar hasta un 10% el mínimo personal y familiar estatal. Sin embargo, no pueden modificar ni los conceptos ni la forma de aplicar estos mínimos, lo que restringe en gran medida su capacidad para adaptarlos al contexto económico real.
En 2021, el Tribunal Constitucional anuló una medida del Parlamento de Cataluña que pretendía favorecer desde el punto de vista fiscal a los contribuyentes con menos ingresos, al considerar que esto desbordaba las competencias autonómicas. Esto demuestra que, si bien la intención existe en hacer deducciones que se acomoden a la realidad social, el marco legal actual es un obstáculo para llevar a cabo un cambio.
El impacto de que este mínimo no se cambie, afecta muy particularmente a los contribuyentes sin cónyuges ni descendientes a su cargo, que solamente aplican el llamado mínimo del contribuyente. Concretamente, esta situación resulta más difícil en las ciudades donde el alquiler ha subido de forma excesiva.
El Estado sigue pensando que 5.550 euros al año son suficientes para cubrir nuestras necesidades básicas, pero la realidad económica es otra bien distinta. Una nueva disociación entre la realidad de la calle y la realidad de nuestros políticos.
Además, muchos contribuyentes ni siquiera se percatan de que este esto sigue congelado. Al no tratarse de una desgravación directa de la cuota, su impacto es menor, pero no por ello inexistente.
¿Cómo no se modifica esta deducción?
Aunque el mínimo personal y familiar es clave para garantizar cierta justicia fiscal, a la vista está que para los diferentes gobiernos no parece un punto de urgencia actualizarlo. Mantenerlo sin cambios significa mayores ingresos para la Administración en un momento de déficit público y presión fiscal creciente.
Evidentemente, no podemos cambiar la normativa directamente, pero sí ser conscientes de que esto existe y exigir soluciones. Hay que comprobar cada año la declaración y determinar si se aplican correctamente los mínimos correspondientes y, en el caso de que tengamos derecho a ellos, asegurarse de que no los han dejado fuera.
En un sistema fiscal justo, los mínimos personales y familiares deberían ir cubriendo los costes reales de vida. Si no se llega a este punto, cada año estamos perdiendo poder adquisitivo, también, por esta vía.