IC nos cuenta algunas directrices básicas que siguen ciertos individuos para ocultar parte de sus bienes y evitar pagar a sus acreedores. No hace mucho tiempo me encontré con un tipo que es un verdadero profesional de la insolvencia, pero sin serlo claro. Pasar como insolvente es mucho más fácil de lo que parece.
Partamos de la base que la predisposición a la insolvencia viene dada desde el punto y hora que el futuro insolvente no tiene a su nombre ni la camisa que lleva puesta, locuaz,. charlatán y avispado. Este es el primer perfil del futuro insolvente. Aún así, por las circunstancias que estamos atravesando, no todos los insolventes tienen que partir del perfil de moroso profesional y ahí es donde algunos juegan con el sistema a su favor.
Casado con separación de bienes. De entradas ya sabemos que los bienes que se encuentran a titularidad del cónyuge se miran pero no se tocan. Claro está muchos diréis que la nómina y cuentas corrientes pueden tienen titularidad del susodicho.
Si, claro, pero existe la figura de “autorizado”, en donde los saldos depositados en esa cuenta no son titularidad del mismo y tampoco son suceptibles de embargo. Lógicamente, a nombre de la mujer. Claro, aquí diremos que hay alzamiento de bienes, pero eso hay que demostrarlo también y ahora entenderemos porqué no lo hay.
Bien, vamos con la nómina, Y cuando localizamos dónde trabaja el individuo, y mandamos auto de ejecución sobre su nómina, suena la flauta y nos llevamos la sorpresa. Está divorciado, de mutuo acuerdo y por la vía rápida en donde firmó una pensión compensatoria y alimenticia de las que pasan a los anales de la historia.
No llegó a pagar ni el primer mes con lo cual, tiene la nómina embargada de tal forma que el saldo restante es inferior a 700 euros. Conclusión, el divorcio fingido, mediando denuncia de impago de pensiones, hace que esa deuda tenga preferencia sobre el resto.
Se provoca que entre en primera posición (fácil de hacer cuando se prevé que el futuro se tuerza) y como aquí no hay límites de embargo, los siguientes acredores cobrarán en los 3 plazos de siempre, oseasé, tarde, mal y nunca. Por cierto, esta figura es muy atractiva y recomendable para disminuir la factura fiscal.
Bueno, vamos a por su exiguo patrimonio. Sabemos que tiene un vehículo, una plaza de garage y un local. Que curiosamente cuentan con una hipoteca que sobrepasa ampliamente el valor de mercado y el vehículo tiene un pacto de reserva de dominio a favor de la financiera.
Podemos anotar los embargos, por supuesto, pero tampoco podemos ejecutar la subastas, porque aún ejecutándola, la hipoteca tiene preferencia y tiene que ser cancelada. Eso se traduce en que no cobramos e incurrimos en más costas.
Éste es el punto en donde Te planteas si te interesa seguir pagando abogados y procuradores, encarecer más aún la pérdida y no cobrar absolutamente nada. La conclusión a la que se llega que aquí paga quién quiere pagar y que nuestro ordenamiento juridico además de ser lento, favorece determinados escenarios en donde se puede evitar afrontar dichas deudas.
Imagen | Toronja Azul
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