Complementar la pensión usando la vivienda en propiedad va a ser más frecuente a medida que pasa el tiempo. Cada vez vivimos más, las pensiones son más difíciles de sostener y las necesidades en caso de dependencia son mayores.
Por otro lado, la limitación de las cantidades aportarbles a los planes de pensiones y la preferencia de ahorrar en ladrillo típica del español, suponen que en el futuro de dónde se va a obtener dinero para financiar aquello que nos falta va a ser principalmente de la vivienda habitual.
Es cierto que puede que tengamos más patrimonio, pero sucede que la financiación a través de la vivienda habitual tiene ciertas ventajas fiscales que puede que hagan más interesante financiar los gastos de los últimos años de nuestra vida con alguna de las muchas opciones que tenemos.
Modos de obtener liquidez de la vivienda
¿Cómo obtener liquidez de la vivienda habitual? Eso es algo que ya hemos hecho hablado, pero repasemos las opciones. Monetizar la vivienda habitual es algo que siempre se había hecho. Tenemos dos categorías, las que permiten vivir en la vivienda habitual y las que no. Empecemos por las que nos obligan a irnos:
La forma habitual era venderla y cambiarla por una más barata. Ya sea donde vivimos o en otra zona.
También se puede alquilar la vivienda e irse a otra más barata de alquiler.
Otra opción era hacer una permuta inmobiliaria, en la que se cambiaba la propiedad por otra. Además se ajusta la diferencia con dinero o con otros inmuebles.
Anticipo de alquiler: Se ceden los derechos de alquiler de la vivienda a cambio de financiar los gastos de una persona mayor que tiene una vivienda (por ejemplo porque tiene que irse a una residencia). Si los gastos son mayores, se genera una deuda que se cobra cuando fallece la persona mayor, ya sea mediante pago por parte de los herederos o porque se ceda los derechos de explotación del alquiler por un tiempo. Esto es muy interesante porque los herederos no pierden la propiedad de la vivienda.
También tenemos alternativas que permiten obtener liquidez de la vivienda y seguir residiendo en la vivienda. Tenemos varias opciones, pero ninguna nos dará el 100% del valor de la vivienda:
- Venta de la nuda propiedad: vendemos la propiedad pero el usufructo no se obtiene hasta el fallecimiento del vendedor.
- Vivienda inversa: vendemos la vivienda y hacemos un alquiler de la vivienda hasta nuestro fallecimiento
- Renta vitalicia inmobiliaria: contrato de origen se vende a cambio de una mensualidad. Si el comprador deja de pagar dos mensualidades, pierde sus derechos de compra, por lo que el vendedor queda protegido.
- Hipoteca inversa: tenemos un préstamo en el que la vivienda se queda como garantía. Se concede a personas mayores de 65 años o con minusvalía
A medida que sube el impuesto de sucesiones, merece la pena disminuir la cantidad de la herencia y hacerlo con la vivienda está subvencionado
Supongamos que las herencias estuvieran no sólo exentas de impuestos, sino que estuvieran bonificadas y subvencionadas con un 5% de la cantidad a heredar. Es decir, si nuestros padres nos dejan 100.000 euros, el estado añade 5.000 más ¿qué sucedería?
Los hijos no ahorrarían, sino que intentarían que los que ahorraran e invirtieran fueran los padres. Sobre todo los hijos únicos que no tendrían que compartir nada. Lo que supondría apoyar a los padres todo lo que hiciera falta con el objetivo de que el día que fallezcan, obtener una gran herencia.
Lo que sucede es lo contrario, existe un impuesto de sucesiones y es posible que se vaya a aumentar. Por tanto vamos a querer disminuir todo lo posible la cantidad a pagar. Eso hace muy importante la planificación fiscal de la herencia. Algo que nos puede sonar que era para millonarios, pero lo cierto es que va a dejar de serlo.
Nos puede resultar desagradable pensar en estos términos, pero lo cierto es que tenemos a personas mayores que han vivido muy austeramente toda su vida para dejar una herencia a los hijos. Tal vez una vivienda Lo habitual es que quieran que eso vaya a los hijos, no al estado. Eso hace que la planificación fiscal sea muy necesaria y más cuanto mayor sea el impuesto sobre sucesiones.
Existe una exención en el IRPF por la venta de la vivienda habitual, ya sea mediante nuda propiedad o vivienda inversa. Las hipotecas inversa y el anticipo de alquileres están muy beneficiadas fiscalmente porque son préstamos.
Eso hace que de momento financiar la jubilación mediante la vivienda habitual sea un modo muy interesante de financiar nuestras necesidades financieras.
Pregunta a los lectores ¿planean usar la vivienda para financiar su jubilación? ¿Quieren dejar una buena herencia a los herederos?