Durante estos últimos días Hacienda ha planteado exigir a las grandes empresas un pago fraccionado mínimo del 12 por ciento del impuesto de sociedades. Esto ha sido una reacción a los preocupantes datos de recaudación de dicha impuesto.
Se detecto en el mes de abril, cuando las empresas realizaron su primer pago fraccionado del impuesto de sociedades. La recaudación fue mucho peor de lo que se había previsto.
Recaudación negativa durante el 2016
Los últimos datos registrados en Hacienda durante el mes de mayo del 2016 mostraba que la recaudación del impuesto de sociedades contaba con una recaudación negativa de 539 millones de euros frente a la recaudación de 1.814 millones durante el año 2015.
Nunca desde el inicio del impuesto, durante el año 1995, la recaudación había sido en cifras negativas, lo que significa que ha habido más devoluciones que pagos como muestra la gráfica de evolución de recaudación del impuesto del 1995 hasta el 2016:
Se puede ver en la gráfica de evolución de recaudación que han sido los peores momentos de recaudación superando a los momentos de la crisis, la recaudación se encontraba por encima de los 1.000 millones de euros.
Hacienda estimó que la recaudación aumentaría un 20 por ciento
Hacienda habido estimado que recaudaría del impuesto de sociedades un 20 por ciento por encima del año pasado. Claramente está estimación ha sido un cifra irreal.
La cifra negativa durante este año no ha sido producido por una reducción de los beneficios, sino se explica por la reforma fiscal que ha llevado a cabo al Gobierno en funciones del PP.
Hacienda ha anulado a principios de año medidas que se adoptaron durante el año 2012 para aumentar los ingresos de las arcas del país. Durante este año se ha suprimido los tipos incrementados en los pagos fraccionados del impuesto de sociedades.
Las modificaciones que se han anulado del impuesto de sociedades respecto la modificación del año 2012 que afectan a los pagos fraccionados:
- Modificación de la cuantía del pago fraccionado que deben realizar las grandes empresas. Aquellas cuyo volumen de operaciones no haya superado la cantidad de 10 millones de euros durante el año anterior calcularán el pago multiplicando por cinco séptimos el tipo de gravamen. Entre 20 y 60 millones por diecisiete veinteavos y si su volumen es de 60 millones o más por diecinueve veinteavos.
- Aumento del importe mínimo de pagos fraccionados para las grandes empresas que determinan los pagos según el artículo 45.3 de TRLIS. El importe se calculaba en función del importe neto de la cifra de negocios del año anterior. Aquellos cuyo volumen sea al menos de 20 millones de euros se aplicaba un 12 por ciento u un 6 por ciento, dependiendo de la naturaleza de las rentas, al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias minorando en los pagos fraccionados anteriores del mismo periodo impositivo.
También se ha suprimido el gravamen mínimo del 12 por ciento sobre el resultado contable que exigía a las compañías una cifra de negocio por encima a los 20 millones de euros.
Funcionamiento de los pagos fraccionados y el problema del cambio
En los primeros 20 días naturales de los meses de abril, octubre y diciembre, las empresas deben efectuar un pago adelantado a cuenta de la liquidación correspondiente del impuesto de sociedades del año en curso.
La base para calcular el pago fraccionado es la cuota íntegra del último período que se declaro reduciendo las deducciones y bonificaciones a que se refiere el impuesto de sociedades.
El tipo general que se aplica es del 25 por ciento para los períodos de aplicación del impuesto de sociedades que se han iniciado a partir del 1 de enero del 2016. Una vez calculada la cuota diferencial, el pago fraccionado será el resultado de aplicar a esta cuota el 18 por ciento.
Ante esta situación, ¿puede hablarse, realmente, de una subida de impuestos por el hecho de incrementar los pagos fraccionados de determinadas empresas?; ¿o solamente se trata de un adelanto del impuesto?
- Si el incremento se refiere a un solo ejercicio, está claro que no se trata de una subida del Impuesto de Sociedades, ya que la reforma del pago fraccionado tendría un efecto meramente financiero.
- Si, por contra, dicho incremento se prolonga en el tiempo, sí que estaríamos ante una subida del Impuesto de Sociedades.
Las previsiones fallidas de Hacienda
Hacienda cuando hizo está supresión que afectaría a los ingresos, por no una reducción tan drástica de la recaudación del impuesto de sociedades. Tal ha sido la sorpresa que en los “Presupuestos Generales del Estado del 2016” se había estimado que la recaudación aumentaría un 20 por ciento.
La realidad ha sido muy diferente ya que a día de hoy se ve que ha sido totalmente irreal. El Gobierno en funciones espera que la recaudación del impuesto de sociedades mejorará a medida que vaya avanzando el año, pero no se cree que llegue a los 24.868 millones de euros indicados en el presupuesto.
La recaudación del IRPF también le ha fallado al PP
También la recaudación del IRPF ha evolucionado peor de lo que se ha previsto por el Gobierno en funciones y, por lo tanto, existen grandes posibilidades de no cumplir el objetivo de déficit público durante este año como muestra el cuadro del ‘Informe mensual de recaudación tributaria’ de Hacienda del mes de mayo del 2016:
En este momento Bruselas debate si sancionar a España por no cumplir con el límite del déficit del año 2015 y no por hacer nada por disminuir estos números rojos. El aumento de los pagos fraccionados debe mantenerse más de un año para evitar un nuevo incumplimiento del déficit.
Documento de alegaciones del Gobierno a Bruselas
En documento de alegaciones del Gobierno en funciones enviado a Bruselas es volver a aumentar los pagos fraccionados del impuestos de sociedades. El objetivo es recaudar 6.000 millones de euros para tapar este agujero de la recaudación.
Esta medida lo tendrá que realizar el nuevo Gobierno ya que el actual está en funciones y no puede tomar este tipo de medidas. Durante este año faltan todavía el pago fraccionado de octubre y diciembre para ver si cambia está tendencia a través del cambio de la normativa antes de octubre.
Para las compañías con más de 20 millones de euros de cifra de negocio, se pedirá un pago mínimo sobre el resultado contable superior al 12 por ciento vigente hasta el año 2015.
EL Gobierno ha asegurado que no es una medida para aumentar la presión fiscal y sólo supone un adelanto del pago del impuesto de sociedades que se liquidada durante el mes de julio del año siguiente. Aunque el Gobierno en funciones suponen que este aumento de pagos sólo se realizará durante un año.
Esto puede implicar un agujero de recaudación de este año se traslade a los siguientes años. La experiencia indica que este tipo de medidas que se realizan como temporales suelen prolongarse en el tiempo.
¿Qué pasa si se cierra el presupuesto en el mes de julio?
Con el incremento de los pagos fracciones en el impuesto de sociedades se compromete ante Bruselas a que el Gobierno entrante aplicará medidas adicionales para luchar contra el fraude fiscal que supondrían alrededor 1.000 millones de ingresos.
Los datos de ejecución presupuestaria reflejan que los principales riesgos se encuentran en el lado de los ingresos en la medida que vaya evolucionando del IRPF y del impuesto de sociedades van peor de los que se esperaba.
Todas las medidas comprometidas por parte del Gobierno en funciones se deberán aplicar en el Gobierno entrante y ser aprobadas por el futuro Congreso. Por lo tanto, va a depender de que se conforme o la mayoría parlamentaria.
Si la formación de Gobierno tarda en formarse, el efecto de estas medidas serán sobre las cuentas públicas y las posibilidades de incumplir el déficit van aumentando. Si se van a las terceras elecciones, seguro que se no se cumplirá el déficit acordado con la Comisión Europea.
En El Blog Salmón | No, el Gobierno no va a subir por ahora el impuesto de sociedades
Imagen | El País