El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar un auto de embargo contra los bienes personales de un alcalde al no pagar en tiempo y forma a los proveedores del ayuntamiento. Esta sentencia es pionera y en caso de no prosperar el recurso que ha interpuesto la alcaldía, sentará un precedente judicial muy importante para la esfera de gestión política de los ayuntamientos y resto de entes públicos.
La ley reguladora del procedimiento contencioso-administrativo contempla el caso de responsabilidad de los funcionarios o políticos que no acaten una ejecución de sentencia de pago como es el caso. Esta modificación, introducida en la ley antimorosidad, puede generar que los ayuntamientos comiencen a gastar lo que realmente pueden y más importante aún, que comiencen a pagar su deudas en tiempo y forma.
Actualmente, los ayuntamientos tienen un volumen de deuda superior a los 36.000 millones de euros y en la mayoría de los casos, no existen unos planes de pago coherentes ni unos presupuestos anuales creibles que se encaminen a la reducción de deuda acumulada. Como contrapartida, Seguridad Social, Hacienda y sobre todo, un ejército de empresas locales, cuentan como acreedores de estos entes, supeditados a la voluntad de pago del político de turno cuando él estime oportuno y conveniente.
Es muy complicado hacer cosas o mejorar ciudades sin dinero, pero es peor hacer todo lo que se les antoja dejando pufos por doquier y sin pagarle a casi nadie. Por estos motivos, me parece una excelente noticia que los juzgados tomen cartas en el asunto y obliguen a alcaldes, concejales y secretarios a actuar con coherencia y como buenos gestores de sus consistorios. Ahora el problema siguiente lo tenemos en encontrar a esos gestores que sean capaces de dirigir sus ayuntamientos de una manera racional y coherente.
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