Alguno tal vez hasta lo había imaginado. Pero no podía ser tan fácil. El Tribunal Supremo tenía que pronunciarse sobre el primer caso que le toca valorar acerca de si el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), también conocido como el euríbor caro, era o no otro caso más de abuso de las entidades financieras. Era difícil que la primera vez que trataba un tema como este diera la razón a los afectados, tanto que no ha ocurrido.
El Tribunal Supremo ha emitido una escueta nota de prensa en la que asegura que ha estimado el recurso interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava en la que se consideraba la nulidad de un contrato hipotecario referenciado al IRPH porque sus propietarios no fueron advertidos de los riesgos que implicaba.
En opinión de los jueces del Supremo, la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad". No se conocen todavía los argumentos con los que se sustenta esta decisión, porque el Tribunal todavía no ha hecho pública la sentencia, que se espera para los próximos días. Lo que sí está claro es que el colectivo IRPH Stop Guipuzkoa, liderado por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin ambos pioneros en España en esta reivindicación, ya ha anunciado que tiene intención de llevar sus reivindicaciones hasta la Justicia europea.
Esto significa, que la historia se repite Como les ha ocurrido a todos los afectados por algún abuso financiero en los últimos años, los primeros enfrentamientos con la Justicia son los más complicados. Al principio, los jueces de primera instancia deben aprender de qué se les habla, luego algunos tribunales provinciales les dan la razón, pero el choque se vuelve frontal cuando llegan al Tribunal Supremo.
Viene siendo habitual en el Alto Tribunal español que las primeras sentencias sobre productos financieros conflictivos se dicten a favor de la banca. Incluso cuando para ello se tuvo que saltar el Derecho Civil y, en mayo de 2013, emitió aquella conflictiva decisión en la que, tras declarar nula la cláusula suelo, frenó la retroatividad de las indemnizaciones para no poner en peligro a las entidades financieras.
Camino al TJUE
Solo las rectificaciones impuestas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: cláusulas suelo, hipotecas multidivisa..., hacen cambiar de idea a los jueces españoles y pueden permitir a los afectados por el IRPH tener esperanza de recuperar lo pagado en exceso.
Pero el recorrido no es ni fácil ni rápido. Alrededor de 1,3 millones de españoles tienen una hipoteca referenciada al IRPH, todos tendrán que esperar unos cuantos años a que Europa pueda darles la razón y recuperar su dinero o, tal vez, resignarse a seguir pagando de más hasta el final de su crédito. Porque, siguiendo el modelo de advertencia de los bancos, "éxitos pasados no aseguran éxitos futuros".
El éxito o el fracaso de esa lucha judicial depende, sobre todo, de la habilidad de los abogados que lleven estos procesos. Los índices IRPH españoles tienen debilidades que pueden ser aprovechadas. En este caso, lo que juzgaba el Tribunal Supremo es que la Audiencia Provincial de Álava había considerado que hubo falta de transparencia en la comercialización de la hipoteca porque no se advirtió a los clientes del riesgo que ésta implicaba y el carácter abusivo del mismo, con un tipo de interés muy superior al índice al que están suscritas la mayoría de las hipotecas en España, el euríbor.
Mientras, desde 2008 el euríbor no ha parado de bajar, el IRPH lo ha hecho mucho menos. Hoy, por ejemplo cotiza a 1,904%, mientras que el euríbor lo hace a un -0,186%. Unas diferencias que, según la asociación denunciascolectivas.com implican que "a lo largo de la vida de una hipoteca un cliente puede llegar a pagar un sobre coste de hasta 20.000 euros".
En base a esto, su portavoz, Javier Gascón se atreve a aventurar que "si al TJUE le tocase valorar la transparencia en la comercialización del IRPH es probable que considerara su nulidad, porque no se advirtió adecuadamente de los riesgos". Para que esto ocurra la Justicia debe considerar que las entidades financieras sabían que el euríbor iba a bajar hasta estar en negativo y que este índice no lo haría tanto. Argumento, cuanto menos conflictivo.
Índice legal, pero ¿se puede manipular su cálculo?
Pero los afectados tienen otra baza que jugar: el sistema de cálculo del índice. Dice el Tribunal Supremo, que no se puede considerar abusivo un contrato referenciado a un índice legal. Lo que muchos, incluida la Unión Europea, dudan es del el índice en sí mismo.
El motivo es que su sistema de cálculo genera dudas. El origen del éxito de IRPH se remonta a 2006 con auge en 2008. El euríbor marcaba máximos históricos, los clientes buscaban alternativas para abaratar sus hipotecas: así llegaron las multidivisas o el IRPH. En aquel momento había varias versiones: IRPH Cajas, IRPH Bancos e IRPH CECA y uno que agrupaba a todas las entidades financieras españoles IRPH Entidades. Su precio se fijaba en base al precio medio al que cajas, bancos y miembros de CECA respectivamente concedían sus préstamos hipotecarios. También se calculaba el IRPH entidades con los datos agregados de todas ellas. Es decir, la media se consigue a través de las propias entidades y en función de los productos bancarios ofrecidos a sus clientes.
"Podía tener sentido cuando en España había 60 entidades financieras, pero tras la crisis y la concentración del sector su fiabilidad comenzó a ser muy dudosa", asegura Javier Gascón. Efectivamente, la situación ahora es tan estridente como que, en un ejemplo muy básico, si el BBVA ofrece créditos hipotecarios al 0,3% y una pequeña caja rural al 3% la media (IRPH) es 1,65%. Aunque la couta de mercado de BBVA multiplique por 20 la de la caja rural y la mayoría de las hipotecas se firmen al 0,3%.
Ya en 2009, la Unión Europea apremió a España a eliminar este índice por ser sospechoso y fácilmente manipulable. La solución oficial llegó en 2013 cuando, por la puerta de atrás de la Ley de Emprendedores, el Gobierno del Partido Popular coló la reforma de IRPH que eliminaba los tres índices específicos y dejaba en funcionamiento solo el IRPH Entidades.
En aquel momento, el abogado que está liderando esta batalla José María Erauskín aseguraba: "La manipulación es posible con el mero hecho de aplicar un diferencial muy alto al euríbor, como está ocurriendo ahora, eso es suficiente como para alterar la media y subir mucho el indicador; aunque el volumen de hipotecas nuevas a las que se aplique realmente no sea alto porque apenas se conceden".
Esa sospecha no sorprendería a nadie, era la misma que pendía sobres los IRPH que Europa solicitó eliminar en 2009. Tal vez, solo tal vez, el Tribunal de Luxemburgo pueda volver a considerar que este indicador no es de fiar. El argumento tampoco es tan estridente. En 2016, tres ex empleados de Barclays fueron declarados culpables de manipular el Libor, tipo de interés de referencia para los contratos financieros. Once banqueros han sido acusados de conspirar para manipular el propio euríbor. Solo por poner dos ejemplos.. Tal vez, solo tal vez, el Tribunal de Luxemburgo pueda volver a considerar que este indicador no es de fiar.