Durante la semana pasada el Consejo de ministro ha aprobado la 'Ley de Desindexación'. Esta ley establece que los valores monetarios públicos como son las rentas, precios o las tasas, dejarán de estar vinculados al IPC (Índice de precios al consumo).
Este real decreto desarrolla la ley que entró en vigor durante el año 2015, por la que se prohibía con carácter general la indexación. Es decir, la revisión de forma periódica de los precios y las rentas, pero que todavía no se había aplicado.
Nos podemos preguntar: ¿Cuál ha sido el desencadenante de la 'Ley de Desindexación'? ¿Cuál va ser el eventual ahorro de esta ley? ¿La Ley de Desinxedación es de aplicación general o se deja fuera algunos valores?
¿Cuál ha sido el desencadenante de la 'Ley de Desindexación'?
Un aumento del IPC internanual del 3 por ciento durante el mes de enero del 2017 ha causado está decisión. Aunque el Gobierno piensa que ha sido un dato puntual debido al aumento de los precios de los carburantes y la electricidad.
Este decreto se ha aprobado según el Gobierno para no afectar a la competitividad española. El Gobierno cree que el IPC se va a moderar durante el segundo trimestre. El aumento de 1,4 puntos en la tasa interanual del IPC en enero, hasta el 3 por ciento, no ha sido un dato positivo porque hace solo unos meses se registraban inflaciones negativas.
El Gobierno indica que esto ha sido un reflejo del aumento de los precios a la evolución del precio de la electricidad y los carburantes, que han aumentado mucho durante estos últimos meses, en contraposición del año pasado que su tendencia era a la baja.
El Gobierno espera que este efecto va a durar unos meses, ya que el segundo trimestre la inflación va a volver a valores parecidos a los registrados durante el año pasado. El nivel se va a mantener en el 1 por ciento, volviendo a los valores de inflación cuando los efectos comentados haya disminuido su efecto.
El Gobierno comenta que ha actuado sobre una subida temporal de los precios y así no incorporar una subida temporal y puntual de la inflación a los salarios ya que afectarían a la competitividad de la economía española.
¿Cuál va ser el eventual ahorro de esta ley?
El eventual ahorro que puede suponer esta ley para la economía española sería según el gasto de las familias que realizan de manera anual en servicios públicos que alcanzan sobre los 35.000 millones de euros, con una inflación del 2 por ciento supondría un aumento de 700 millones de euros, una cantidad que no corresponde con el ahorro real porque supone no revisar ningún precio público.
Lo que el Gobierne pretende evitar es un aumento automático de precios aunque los costes de los servicios no se hayan vistos modificados. Es decir, sería revisar un alquiler porque el IPC ha aumentado por un incremento del precio de la electricidad. Con las indexaciones la inflación se convierte en causa y consecuencia de la sí misma y, por tanto, conlleva pérdida de competitividad.
La Ley de Desinxedación se deja fuera algunos valores
La Ley de Desinxedación se deja fuera de su ámbito de aplicación la negociación colectiva, las pensiones y la deuda del Estado. El Real Decreto establece otras tres excepciones, que sí se pueden indexar, pero no con el IPC. Las excepciones son:
- Productos energéticos: electricidad, gas o el precio del butano, cuyo precio está ligado a la propia materia prima.
- Determinados contratos del sector público que suponen una gran inversión y un periodo largo de recuperación como serían las obras y las concesiones.
- Los contratos de arrendamiento del sector público.
En los casos que he comentado su indexación se realiza a través de un índices específico establecido en el contrato y está sujeto a limitaciones:
- Revisión se corresponden a los de una empresa eficiente y bien gestionado.
- No se pueden repercutir un aumento de la mano de obra superior al aumento salarial de los trabajadores públicos de ese año.
La última limitación que he comentado pretende garantizar la eficiencia, es decir, que el coste salarial de la empresa que se subcontrata no aumente más que los propios trabajadores públicos.
Respecto a la revisión de los alquileres públicos, el Instituto Nacional de Estadística (INE) está trabajando en un índice de precios de alquiler de oficinas y, hasta que se ponga en funcionamiento, se seguirá utilizando el IPC del alquiler.
En lo que respecta a las tasas o tarifas de transporte, las revisiones se realizarán según la evolución de los costes de la prestación del servicio. Las empresas tendrán que acudir al organismo tuteado y negociar la variación del precio.
La normativa será de aplicación cuando se publique en el Boletín Oficial de Estado (BOE) y no tendrá efecto retroactivo, es decir, que sólo va afectar a los contratos que se firmen a partir de la fecha de la publicación.
En El Blog Salmón | La ley anti-IPC comienza su tramitación
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