Tras los últimos acontecimientos por la multa por importe de 13.000 millones de euros que ha impuesto la Comisión Europea a Apple muchos de nosotros nos podemos plantear a que se dedica el dinero de las multas en la Unión Europea. Aunque en este caso la multa es para el Gobierno irlandés para devolver parte de su deuda del rescate.
Sabemos que la Comisión Europea le dedica un espacio especial de sus presupuesto a las multas de empresas que no han cumplido con el reglamento. La Comisión Europea siempre actúa con dureza en este apartado para que otras empresas no quieran saltarse sus normas.
Nos podemos plantear: ¿Las multas son partes de los ingresos de la Unión Europea? ¿Qué volumen tienen las últimas multas interpuestas a las empresas? ¿Qué normativa regula el concepto de las multas a empresas? ¿Qué aportación hace España a las multas?
¿Cómo se financia la Unión Europea?
Las fuentes de ingresos de la Unión Europea se incluyen las contribuciones de los países miembros, los derechos de importación sobre los productos procedentes de países no miembros y las multas que se imponen a las empresas que incumplen las normas de la Unión Europea.
Los países de la Unión Europea se ponen de acuerdo sobre la cantidad del presupuesto y la forma de gestionarlo con varios años de antelación.
Las tres fuentes principales de ingresos son:
- Un pequeño porcentaje de la renta nacional bruta, normalmente en torno al 0,7%, de cada uno de los países de la Unión Europea, que representa la mayor fuente de ingresos.
- Un pequeño porcentaje del impuesto sobre el valor añadido (IVA) armonizado que cobra cada país miembro, normalmente en torno al 0,3 por ciento.
- Una gran parte de los derechos de importación sobre los productos procedentes de países no miembros de la Unión Europea.
Además, la Unión Europea recauda impuestos del personal que trabaja para ella, las contribuciones de países no miembros a algunos de sus programas y el importe de las multas impuestas a las empresas que vulneran la normativa europea.
En Julio la Comisión Europea interpuso multas a cinco fabricantes de camiones
En el mes de Julio los fabricantes de camiones reconocieron la existencia de un pacto de precios durante más de una década. La Comisión Europea impuso una multa récord de alrededor de 3.000 millones euros a los grandes del sector (IVECO, DAF, Volvo-Renault, Daimler y MAN) por prácticas anticompetencia.
Desde Alemania pactaban cuándo y cómo cumplir con los estándares de emisiones. La decisión abrió las puertas a que los compradores interpusieran denuncias por daños y perjuicios. La Comisión Europea empezó a investigar en 2011 y cinco años después presentaron los resultados.
La mayor multa impuesta hasta el momento por la Comisión Europea de 2.930 millones euros, casi el doble de los 1.470 millones euros con los que la Comisión Europea sancionó en el año 2012 a siete fabricantes por las mismas prácticas.
Entonces el mayor golpe de la Comisión Europea ha sido la multa interpuesta a Apple por 13.000 millones de euros. Además va obligar a Apple a devolver los intereses de esos 13.000 millones de euros van a pasar en su totalidad a las arcas de Irlanda.
¿Cuál es la normativa comunitaria que regula las multas impuestas a las empresas?
La directriz para el cálculo de las multas impuestas a las empresas es el artículo 23, apartado 2, letra a, del Reglamento (CE) número 1/2003. Considerando que el importe de una multa debe ser suficiente no sólo para sancionar adecuadamente a las empresas afectadas sino también para disuadir a otras empresas de realizar actos contrarios a las normas de competencia.
Las nuevas directrices precisan la metodología utilizada por la Comisión para imponer multas más disuasivas a las empresas que infringen las disposiciones del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), que prohíbe los acuerdos y otras prácticas comerciales restrictivas así como los abusos de posición dominante.
Un derecho de entrada es una relación con las ventas vinculadas a la infracción, un nexo más estrecho entre duración de la infracción y multa, así como una multa más elevada en caso de reincidencia son los cuatro cambios principales introducidos por estas nuevas directrices con el fin de reforzar el efecto disuasorio de las multas impuestas por la Comisión.
El importe básico de la multa se calcula en función de un porcentaje del valor de las ventas vinculadas a la infracción, multiplicado por el número de años de participación en la misma. El porcentaje del valor de las ventas depende de la gravedad de la infracción y puede llegar hasta el 30 por ciento.
A este primer cálculo, la Comisión añade, sistemáticamente para los asuntos de carteles y a su discreción para los otros tipos de infracción, un importe comprendido entre el 15 y el 25 por ciento del valor de las ventas anuales, independientemente de la duración de la infracción. Este derecho de entrada tiene como fin disuadir a las empresas del simple hecho de participar en una práctica ilícita.
La reincidencia, una o más veces, de infracciones similares se sanciona más duramente. La Comisión Europea aprecia la repetición de la infracción teniendo en cuenta no sólo sus decisiones previas sino también las de las autoridades nacionales. El incremento de la multa de una empresa reincidente puede alcanzar hasta el 100 por cien por infracción comprobada anteriormente.
Aportaciones de España a las multas de la Unión Europa
En el cuadro siguiente de “Evolución de la aportación española al presupuesto general de la unión europea y al fondo europeo de desarrollo” información del Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (SEPG) se resume la evolución de las aportaciones españolas a la Unión Europea desde el ejercicio 2011.
En el análisis de este cuadro debe tenerse en cuenta que los ejercicios 2011 a 2014 recogen importes en términos de caja (incluyendo tanto las aportaciones realizadas como los importes reintegrados por la UE consecuencia de saldos a favor de España), mientras que las cifras para los ejercicios 2015 y 2016 recogen las aportaciones previstas en los presupuestos iniciales.
En el capítulo 4 se recogen las multas por pagos de sentencias Tribunal Justicia Unión Europea las cuales se empiezan a tener a partir del año 2013 con un importe de 29,55 millones de euros y para los años 2015 y 2016 se tiene previsto 10 millones de euros, respectivamente.
Funcionamiento del pago de las multas por loes estados y ingresos de la Unión Europea
El Presupuesto de Ingresos del Estado recoge los recursos propios tradicionales de la Unión Europea (derechos de aduana, exacciones agrícolas y cotizaciones sobre producción y almacenamiento del azúcar), recaudados por el Estado.
El recurso IVA no aparece de manera explícita entre los ingresos y se supone integrado en la recaudación por el Impuesto sobre el Valor Añadido; la compensación a España por gastos de percepción de los recursos propios, las transferencias de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión para cofinanciar proyectos con la Administración del Estado, así como otras transferencias varias.
El Presupuesto de Gastos del Estado recoge tanto las transferencias al Fondo Europeo de Desarrollo como al Presupuesto General de la Unión Europea en concepto de recursos propios: recurso IVA, recurso RNB y recursos propios tradicionales, las aportaciones por prestación del servicio de interpretación y la dotación para la atención de las multas impuestas por aplicación del artículo 288.2 del Tratado de la Unión Europea. Por su parte, en las Secciones de los Departamentos Ministeriales que participan en la cofinanciación de actuaciones concretas con los Fondos Estructurales, se inscribe el montante total de los créditos necesarios para las mismas sin que se explicite qué parte es financiada por la Unión Europea y qué parte por el Estado español.
Por último, las transferencias del FEAGA y del FEADER se registran en el presupuesto de ingresos del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) como se puede ver en el “Esquema de funcionamiento del modelo de articulación presupuestaria en el año 2016” información del Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos (SEPG):
En el caso de las multas se ve una salida de los presupuestos del esta español hacía la 'Dirección General del Tesoro y Política Financiera' ingresando en los presupuestos de la Unión Europa en concepto de sentencias de Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
A su vez salen de los ingresos de los presupuestos de Unión Europea hacía 'Dirección General del Tesoro y Política Financiera' distribuye estos fondos hacía el FED y a OO.AA., EE.TT. y otros que están compuestos por los fondos (FEAGA, FEADER, Fondos Estructurales, FEMP, FEP y otros recursos agrarios, Fondos Cohesión y otras transferencias).
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