La situación de los trabajadores en España se complica y genera un aumento de la crispación y un descenso en el grado de satisfacción personal al ver como el nivel de vida se encarece y los impuestos no dejan de subir. Quizás, el hecho de que 2024 no sea un año electoral sea el motivo por el cual desde el Ejecutivo no se trabaja por reducir la cuota a abonar en el IRPF de cada nómina.
Cambios importantes para 2024
La nueva campaña de la Declaración de la Renta comenzará el 3 de abril y será correspondiente al ejercicio fiscal de 2023. Afectará a todos los que obtuvieron ingresos de entre 22.000 y 35.000 euros, obligando la Agencia Tributaria a devolver entre 400 y 900 euros a los ciudadanos cuyos ingresos anuales se encuentren en dicha horquilla. No obstante, la cantidad de devolución dependerá de la situación de cada contribuyente, pues la retención será menor por cada hijo o en caso de que el cónyuge no aportase rentas.
Si se tiene en cuenta la modificación del Reglamento del IRPF por parte del Gobierno en 2022, aprobada por el Ministerio de Hacienda, se valora la rebaja en la retención del IRPF a partir de 22.000 euros, teniendo efectos directos en la declaración del año 2023. No obstante, ahora puede venir un giro inesperado de los acontecimientos, ya que las retenciones realizadas por la empresa en los sueldos de los trabajadores fueron menores.
Esto implicará ahora un mayor ajuste fiscal que deberá realizar el contribuyente en el IRPF para abonar a Hacienda lo que había dejado de ingresar durante el ejercicio pasado. De este modo, los principales damnificados son los ubicados en el umbral más bajo de la horquilla (22.000 euros) y los que posean cargas familiares. No obstante, los menos perjudicados serán quienes no posean cargas y se sitúen próximos al máximo de 35.000 euros.
Con una retención mayor, podría darse el caso de no tener que abonar nada a la Agencia Tributaria en el presente ejercicio. Por tanto, se ajustará exclusivamente a los asalariados con un único pagador, cuyos ingresos superasen los 22.000 euros al año, así como a los que tuviesen do pagadores y que superasen los 14.000 euros, es decir, si se cobra más de 1.500 euros por parte del segundo pagador.
Tramos de IRPF en 2024
Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los autónomos se enfrentan a unos tramos que comprenden: De 0 a 12.450 euros; 9,5% (Tipo estatal), 9,5% (Tipo autonómico), siendo en total el 19%.
De 12.450 a 20.200 euros se abonará el 24%; 12% (Tipo estatal) y 12% (Tipo autonómico). De 20.200 euros a 35.200 euros será del 30%; 15% (Tipo estatal) y 15% (Tipo autonómico). De igual modo, de 35.200 a 60.000 euros será del 37%; 18,5% (Tipo estatal) y 18,5% (Tipo autonómico). Entre 60.000 y 300.000 euros el 45%; 22,5% (Tipo estatal) y 22,5% (Tipo autonómico). Por último, a partir de 300.000 euros será del 47%; 24,5% (Tipo estatal) y 22,5% (Tipo autonómico).
La nueva medida del Gobierno
El Ejecutivo ha presentado, tras la aprobación por el Consejo de Ministros, un Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IRPF, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. A partir de ahora, se fija una reducción para las rentas bajas y medianas. Se compensará así el incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), subido un 5% hasta los 1.134 euros.
La norma propuesta por el Ministerio de Hacienda implica elevar la cuantía mínima para practicar retenciones en el IRPF, extendiéndolo el año pasado de 14.000 euros a 15.000 euros el importe mínimo. Ahora se ampliará hasta los 15.876 euros, el equivalente a cobrar el SMI anual de 2024. No obstante, los colectivos afectados por la reducción de las retenciones en el IRPF son más amplios y alcanza a rentas de hasta 22.000 euros.
Según argumenta el Ejecutivo, la rebaja de las retenciones del IRPF beneficiará a 5,2 millones de contribuyentes, especialmente asalariados y pensionistas de rentas bajas y medias, que lograrán un ahorro de 1.385 millones de euros. Desde Moncloa aseguran que es la clave de su política fiscal progresista, que busca aliviar las cargas tributarias de quienes menos ganan, aunque pidiendo un mayor esfuerzo a grandes patrimonios y multinacionales.
Ahí se encuadra la subida del IRPF para las rentas del capital superior a 200.000 euros, la creación del impuesto a las Transacciones Financieras, los gravámenes a la banca y energéticas, el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas o el tipo mínimo del 15% en el Impuesto de Sociedades para las multinacionales.
¿Y quienes no están obligados a presentar la Declaración?
Esto no excluye el hecho de presentarla si se espera un resultado favorable (‘A Devolver’), por lo que Hacienda abonaría por lo adelantado de más, aunque no exista obligación de presentación.
Hay que tener en cuenta que la compra de vehículos eléctricos enchufables y la instalación de infraestructuras de recarga, así como obras en la vivienda en pro de la eficiencia energética, serán aspectos clave que generarán deducciones aplicables en la campaña en curso.