¿Sueñan los alcaldes con drones municipales?

¿Sueñan los alcaldes con drones municipales?
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Desconozco si os voy a dar un susto con esto, pero os aviso que esta es la tendencia, no de la Pasarela Cibeles, si no de los ayuntamientos españoles: el afloramiento de inmuebles no declarados en el Catastro, lo que me lleva a pensar que más de un alcalde estará soñando con drones municipales.

Sin entrar en detalles, una de las herramientas fundamentales del Catastro a la hora de poder cobrar es la fotografía aérea. Más allá de la detección de inmuebles in situ por los Ayuntamientos, de la información derivada del Registro de la Propiedad, de las licencias e inspecciones municipales o de las propias declaraciones de los interesados, el Catastro hace uso de la cartografía aérea, a través de unos procesos que no son sencillos ni baratos. De hecho, la revisión que estamos comentando está presupuestada en 124 millones de euros.

El Catastro, dependiente de la fotografía aerea

Hoy por hoy, con las licencias de capa caída y el IIVTNU otro tanto, el IBI es uno de los principales ingresos recurrentes de los municipios, así como uno de los principales costes de las familias propietarias de inmuebles en España, especialmente debido a que las revisiones catastrales parecen ignorar la profunda crisis inmobiliaria vivida (para otra vez dejamos el surrealista mundo de la liquidación de la plusvalía municipal o IIVTNU).

Los ayuntamientos, cuando tienen recursos para ello dan estas batidas aéreas a iniciativa propia, buscando identificar piscinas, ampliaciones de vivienda, sobrevuelo, porches, etc, no declarados en los datos catastrales, lo que conlleva la corresponden sanción, liquidación e incorporación al censo fiscal. Ojo, que dicho cobro no supone en ningún caso la legalización de los inmuebles irregulares, lo que tiene sentido (lo que ya carece de lógica es que se cobre este IBI a inmuebles irregulares y los ayuntamientos no cumplan, en muchas ocasiones con la obligación de prestar los servicios básicos que les competen en relación con los mismos).

Sin embargo, muchos ayuntamientos, por ausencia de recursos para poder pagar los servicios de fotografía aérea, esperan a campañas del Catastro como la descrita. Y es aquí, en este punto, donde los dones pueden cambiar la situación en un futuro inmediato, ya que el coste de uso de los drones es muy inferior a los medios empleados actualmente y permitirían un uno bastante discrecional por parte de los Ayuntamientos, con actualizaciones mucho más frecuentes.

La regulación de los drones

Hasta el verano pasado no había una regulación específica al respecto, si bien en abril AESA ya recordo tajantemente que el uso civil de drones no estaba permitido:

En España no está permitido el uso de drones para aplicaciones civiles (para uso militar existe una normativa que permite su operación exclusivamente en espacio aéreo segregado). Es decir, no está permitido, y nunca lo ha estado, el uso de aeronaves pilotadas por control remoto con fines comerciales o profesionales, para realizar actividades consideradas trabajos aéreos, como la fotogrametría, agricultura inteligente (detectar en una finca aquellas plantas específicas que necesitarían de una intervención, como riego, fumigación, para optimizar el cultivo), reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras, detección de incendios forestales, reconocimiento de los lugares afectados por catástrofes naturales para dirigir las ayudas adecuadamente, etc.

En julio de ese mismo año se dicto un Real Decreto-Ley, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficacia, ratificado como Ley en octubre, donde entre otras cosas se levantaba parcialmente esta prohibición si bien sólo se puede volar en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, salvo excepciones autorizadas por parte de AESA, la Agencia Espacial de Seguridad Europea en el caso de la lucha contra incendios o búsqueda y salvamento, lo que en principio impediría el uso de dones para la cartografía catastral.

Actualmente esta un estudio la regulación definitiva, un Proyecto de Real Decreto por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto, que no cambia en principio esta limitación, por lo que por el momento libraríamos de estos drones fiscalistas. Por el momento...

En El Blog Salmón | ¿Qué es el Impuesto de Bienes Inmuebles o IBI?, Gazapo fiscal en El Mundo, Si tienes una segunda residencia te van a crujir

Imagen | Trotaparamos

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