Creo que era Buffet el que decía que sólo cuando baja la marea se ve quien está en pelotas. Cuando las cosas bien todo es maravillosa, no hay diferencias entre los buenos y los malos, y las miserias se esconden que es un primor. Pero cuando el nivel desciende acaban aflorando las vergüenzas en el peor de los momentos. Pensemos en la CAM y en cómo se gastó en liderazgo 2.899.126 euros en 5 años.
Es lo malo de judicializar los conflictos, que salen a la luz partidas que no están desglosadas en esas cuentas anuales con tanta postproducción. Así que, a modo de lectura veraniega vamos a comentar la Sentencia de la Audiencia Nacional 56/2012, de 18 de mayo, especialmente para aquellos que no están acostumbrados a leer este género.
Los hechos
Desde 1994 la CAM organizaba para sus empleados las llamadas Convenciones de Líderes que, según los hechos probados de la Sentencia, consistían en:
...la realización de determinados viajes organizados, que combinaban actividades empresariales y lúdicas, cuyo objetivo era motivar y cohesionar a sus trabajadores.
Vamos, los típicos saraos de empresa, los clásicos viajes de incentivos a mayor gloria de los directivos, vinculados de algún modo a los objetivos, aunque hay mucho de digital en los mismos: digital de dedo, vaya. Me refiero a que se apunta mucho paracaidista por esa vía y también se elimina elementos no afectos y que den mal clima. Por actividades empresariales se suelen referir al típico discurso del que firma la factura y a algún juego tipo la gallinita clueca.
La Sentencia declara probado que la Convención la decidía anualmente el Cómite de Dirección, que usaba distintos indicadores para saber a quien invitar, atendiendo a la propuesta de las Direcciones Territoriales, aunque luego podía elegir a quien le diese la gana ( en el 2009 es la primera vez que ponen todo esta sistemática por escrito). La Caja hacia pública la lista en el primer trimestre del año.
Pero llega el 2010 y la Caja decide que se acabó, retirando dicha circular y acaba con la Convención de Líderes.
Disputa y desenlace
Los sindicatos montan bronca, pues consideran que se trata de un derecho consolidado, de lo que se denomina en Derecho Laboral una condición más beneficiosa, que mejora las condiciones de contrato y de convenio, otorgada unilateralmente por el empresario.
Así que el sindicato ALTA plantea una demanda de conflicto colectivo, a la que se adhiere la CGT, ante la AN contra la CAM (morituri te salutant), el Banco CAM (o sea el Sabadell) y el resto de sindicatos de la Caja (glorioso ese sindicato denominado Vietnamita) por una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo.
Ambos sindicatos exigían que se publicase la lista de agraciados con el viaje según los criterios retirados de la intranet, y se les compensase en metálico a los agraciados con el coste medio del viaje de los últimos 5 años. Y, aunque no le pidiesen, resulta obvio que implicaba el mantenimiento de esta incentivo para años posteriores
La Audiencia Nacional desestima la demanda. Considera que aquí no hay una condición más beneficiosa, que la Convención de Líderes es una decisión organizativa discrecional de la empresa, y que no ha lugar a la petición.
Conclusiones y risas
La verdad es que da un poco la risa floja el cuando se plantea la demanda, el 16 de enero de 2012, casi dos años después de las fechas descritas. Para esas fechas el negocio bancario de la CAM estaba adjudicado a Sabadell, por lo que alguno puede pensar que lo de esperar cera para no molestar a los amos del cortijo de siempre, y ahora que ha llegado el nuevo vamos a sacudirle a ver si cae algo.
Además, estéticamente, queda bastante feo este qué-hay-de-lo-mío con una situación como la de CAM, donde se ha enterrado dinero del FGD ( o sea, de la competencia) y en la que hay numerosos afectados por preferentes y por las famosas cuotas participativas, además de la nefasta imagen que han trasaldao de España al exterior (en compañía de otros, crímen-de-los-marqueses-de-urquijo-style) y qué estamos pagando todos vía prima de riesgo.
Ya sé que esto no es responsabilidad de los empleados ni de todos los sindicatos (recordemos que más de uno tenía su puesto en la Asamblea). Ya sé que la dirección de la CAM era para echar de comer aparte, como lo demuestran casos como el de Amorós o la imputación de toda la cúpula. Pero pedir en el 2012 que se siga pagando la fiesta es un tanto excesivo. Y por cierto, ¿a cuánto asciende la factura de las cuchipandis de liderazgo?
Pues según los hechos probados, la CAM se gasto en 5 años 2.899.126 euros, casi nada, a más de 500.000 euros la constatación del “semoslideres“ de la CAM. Y algunos sindicatos pretendían seguir cortando el cupón. Vamos, que deben vivir en una realidad paralela.
Por cierto, que hay un hecho que me llama la atención, y es la coletilla a este hecho probado:
La empresa no ha realizado deducciones de Seguridad Social, ni tampoco ha repercutido el coste en el IRPF de los trabajadores seleccionados.
Lo de la Seguridad Social lo entiendo, pero lo de no repercutir el coste del IRPF en algo que a todas luces es un incentivo me suena raro. ¿Se refieren a que no ha habido ingreso a cuenta y declaración de rendimiento en especie para los trabajadores agraciados? Me consta que otras empresas en eventos clavados si que lo hacen. Sería gracioso que Hacienda se interesase por este tema para los ejercicios no prescritos. Igual algún antiguo trabajador viajero se acaba “acordando” de esta demanda.
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