Tras repasar los procedimientos concursales de un modo muy general, vulgarizándolos en exceso (que me perdonen los juristas), cabría preguntarse hasta qué punto cumplen con las funciones para las que fueron creados. O si generan más daños que beneficios. O cuáles son las prácticas que habría que depurar.
Insisto en ello porque hasta fechas recientes muchos se habían olvidado de que esta realidad también existía. Pero el lobo, ese lobo que Pedro (Pedro Solbes no, éste negaba la realidad) tantas veces anunció, ya esta aquí. Y conviene conocer las reglas del juego al que nos enfrentamos. Y en la medida de lo posible sería bueno que nuestros legisladores, nuestros Padres de la Patria, puliesen el marco legal. Ay, que me ha dado un soplo de ingenuidad. Bueno, a lo dicho, identifiquemos el claroscuro de esta composición.
<li>Sin duda los procedimientos concursales <strong>contribuyen a salvar el futuro de numerosas empresas</strong>. Y ello implica no solo el de las propias afectadas.<strong> También el de los proveedores</strong>. Parafraseando a Rooselvelt, si, ese cliente es un hijo de<em> piiiiiiiiiiii</em>, pero es nuestro hijo de <em>piiiiiiiiiii</em>. Todo sea por la futura facturación, y a ver si encontramos otro hijo de <em>piiiiiiii </em>menos torpe/listo (táchese lo que no proceda).</li>
<li>La clave esta en a<strong> costa de qué, o de quié</strong>n. En numerosas ocasiones estos procedimientos acaban convirtiéndose en una cascada. Es posible que ese cliente se salve, pero quizás sus proveedores no,quizás sean incapaces, financieramente hablando, de asumir el nuevo planteamiento surgido del Convenio. Y ello derive en su propio Concurso. Y quizás en su quiebra y extinción. Especialmente, si como sucede en numerosas ocasiones,<strong> el proveedor es una pequeña empresa y el cliente una gran corporación</strong> que supone su principal cuenta.</li>
<li>El concurso le permite a la empresa gozar de tiempo y de fuerza para<strong> escapar de una refinanciación impuesta</strong>. <a href="http://www.cotizalia.com/cache/2008/03/12/53_concurso_acreedores_mejor_alternativa_refinanciacion_deuda.html">Refinanciación que será peor para sus intereses</a>, generalmente, que el fruto del concurso.</li>
<li>Cabe considerar que las empresas que han recurrido al concurso quedan, en cierto modo, <strong>estigmatizadas</strong>. Les costará muchísimo volver a recuperar la confianza de proveedores y bancos, y eso se dejará notar en las condiciones de compra y de financiación que puedan obtener en u futuro. Pero es que incluso el haber recurrido a dicha figura les<strong> inhabilita para acudir a la contratación pública</strong> con las Administraciones, y eso puede suponer la muerte económica de más de una.</li>
<li>Alrededor de los concursos se generan <strong>grandes negocios</strong>. Empezando por la de auténticos especialistas, fundamentalmente en el sector distribución, que casualmente siempre recurren a la suspensión de pagos<strong> con el almacén hasta los techos de género</strong> en inmejorables condiciones. O aquellos cuya practica comercial recuerda en exceso al <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Timo_del_nazareno">timo del Nazareno</a>. Y todo ello porque, a pesar de las responsabilidades económicas y penales marcadas por la ley, <strong>en la práctica sale muy barato, y muy pocos pagan por ello</strong>. Por poner un ejemplo clásico, ¿a cuantos empresarios se condena por alzamiento de bienes en España?</li>
<li>Pero el negocio también esta en otra parte. Y es que los administradores, o al menos algunos según la Ley, cobran, y cobran inmensas cantidades a costa del patrimonio del concursado en función del volumen suspenso. <strong>Hay tortas por llevarse los mejores procedimientos</strong>. Si tienes suerte puede solucionarte la vida.</li>
<li>En este tipo de procedimientos existen <strong>dos vías de fraude</strong> que, aunque conocidas y perseguidas, están a la orden del día. Por un lado<strong> ir sacando del patrimonio de la empres</strong>a, con anterioridad al concurso, la mayor cantidad de bienes y derechos posibles, para salvaguardarlos de los acreedores. Existe un tipo penal para este tipo de practicas, el alzamiento de bienes. Desde el p.v. mercantil existen medidas para reintegrar estos bienes a la masa concursal, si los hechos lo permiten, claro. Pero existe otra modalidad más difícil de perseguir, y consiste en <strong>manipular el voto de los acreedores</strong>. ¿Cómo? Se inventan acreedores inexistentes controlados por la empresa, se incrementa artificialmente la deuda con empresas vinculadas al deudor o favorables al mismo, o bien directamente se unta bajo la mesa a determinados acreedores para llegar a un acuerdo. Las dos primeras exigen del Juez un minucioso análisis del Pasivo de la Empresa. Y esto cuesta mucho descubrirlo y demostrarlo.</li></ul>
A mi, el concurso me recuerda a ese tipo de tratamientos médicos que son casi tan agresivos como la propia enfermedad, que pueden dar lugar a múltiples infecciones y secuelas. Lo que ocurre es que en este caso, no sólo lo sufre el paciente. Más bien la familia, por llamarla de alguna manera.
En El Blog Salmón Concursos, suspensos y quebrados Justificación de los concursos de acreedores Métodos y Herramientas en un procedimiento concursal
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