En Ecuador no sabían que las hipotecas había que pagarlas

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Desde el año pasado, muchos ciudadanos ecuatorianos se encuentran en paro y con impagos en sus préstamos hipotecarios. Estos ciudadanos argumentan que no conocían la legislación española diferente a la legislación ecuatoriana, en la que la ejecución hipotecaria sólo va contra la vivienda, al igual que ocurre en EEUU. En España, como bien sabemos, la responsabilidad del deudor es ilimitada, después de la ejecución hipotecaria y en el caso de que existiera deuda pendiente de pago después del embargo y subasta del bien, tenemos que seguir pagando la deuda hipotecaria.

El presidente Correa se ha dirigido al Banco de España para que se articule una solución a estos deshaucios y embargos con deudas posteriores a la pérdida de la vivienda, pero lo que está claro que las hipotecas son iguales para españoles y extranjeros. No existe discriminación de ningún tipo en el tratamiento de los préstamos a ecuatorianos y tampoco se puede establecer una norma legal en la que un extranjero pueda realizar una dación en pago de su vivienda y cancelar la hipoteca mientras que un español pierde la vivienda y sigue con deuda. Ahora bien, lo que no se cuenta en ningún sitio es cómo se han avalado hipotecas cruzadas y cómo se han realizado operaciones de dudosa recuperación de cobro en el caso de que la situación económica empeorara tal y como ha sucedido.

Sin ir más lejos, en el vídeo de cabecera vemos cómo una persona que han embargado su vivienda, se queja de la deuda pendiente y del efecto del aval hipotecario contra las otras familias que le prestaron su firma para conseguir la hipoteca. Obviamente, la firma de la hipoteca en el año 2006 es el vehículo que se utiliza para adquirir una vivienda pero al no pensar en el hipotético caso de un desempleo, la ejecución hipotecaria es cuestión de tiempo.

La reclamación transfronteriza de deudas es posible, si bien muchas entidades financieras se plantearán recurrir a esta vía dado que los costes se disparán, se necesita que un tribunal extranjero admita el proceso judicial y además, aunque un tribunal en el pais de origen consiga embargar los bienes del deudor, la entidad financiera no va a poder cobrar la integridad de la deuda dado que los salarios son mucho menores y los embargos sobre salarios a nivel internacional deberán respetar también las normas básicas de subsistencia.

En este sentido, los extranjeros que pierden su trabajo, después de varios meses en paro no encuentran otro empleo y comienzan a impagar sus hipotecas, y el efecto sonajero está cobrando más fuerza que nunca dentro de estos colectivos, amén de aquellos que se vuelven opacos para el sistema y se pasan a la economía sumergida. Y ahora es cuando el Banco de España debe hacerle caso al gobierno ecuatoriano y ponerle una solución a estas deudas.

IC ya nombró un par de ellas hace tiempo en los límites al efecto sonajero. La imposibilidad de regreso al pais si se tienen deudas pendientes es una de ellas. Yo la secundo, además de que el Banco de España debe pararle las renegociaciones a los bancos y solicitar las ejecuciones masivas de hipotecas en impagos con la consiguiente ejecución a los avalistas. La explosión de esta bomba hipotecaria impagada, haría posible una bajada real y directa del precio de la vivienda y una reabsorción por los ciudadanos de los inmuebles en cartera de bancos, promotoras y particulares que quieren vender. A ver qué dice el Banco de España sobre todo esto.

Más Información | Conadee
En El Blog Salmón | ¿Llegará el jingle-mail o efecto sonajero a España?
Vídeo | Youtube

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