El 20 de febrero de 2003 más de ocho millones de clientes de Vodafone no pudieron utilizar sus teléfonos móviles debido a una avería en su red. Transcurridos dos años desde entonces una sentencia del juzgado de primera instancia de Alcobendas condena a la operadora a indemnizar a sus clientes por las nueve horas de interrupción de servicio con un total de 3.188.988 euros. Esta cantidad corresponde a la facturación durante nueve horas calculada sobre la media de los tres meses anteriores a la avería.
Se trata de una ejemplar sanción impuesta a una gran compañía que hizo una gran faena a sus clientes durante casi todo un día. Pero en realidad es algo bastante simbólico ya que una persona que gastase 30 euros al mes recibiría unos 30 o 40 céntimos, y esa es una cantidad que no se adecua al trastorno causado por varios motivos: - No se contempla el gasto de sustitución del servicio, es decir, que si los clientes tuvieron que llamar desde cabinas o comunicarse por otros medios, seguro que se gastaron más dinero en hacerlo. - La mayoría de las llamadas se hacen durante el día, ya que cuando la gente está durmiendo no utiliza su teléfono, así que el calcular de forma proporcional a nueve horas no refleja el porcentaje de indisponibilidad real del servicio para los usuarios. Si no puedes utilizar el móvil desde las doce de la mañana hasta las diez de la noche tu indisponibilidad real es casi la de 24 horas de forma efectiva. - Un teléfono móvil no sólo sirve para realizar llamadas, sino también para recibirlas, y eso no se contempla en el cálculo de la indemnización.
Seguro que si se tuvieran en cuenta todos estos factores el importe de la indemnización de multiplicaría por tres o por cuatro, pero la lucha por la calidad del servicio para los consumidores es ardua tarea en este país, por lo que se trata de un buen logro que viene de manos de Ausbanc (Asociación de Usuarios de Banca).