En qué se parece Megaupload a un puerto comercial

En qué se parece Megaupload a un puerto comercial
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En un puerto comercial de gran tamaño, se mueven al día miles de contenedores de mercancías, es más que probable que algunos (ni todos, ni la mayoría) contengan material ilegal (Drogas, mujeres, inmigrantes, coches robados, películas piratas, ifones, prendas de adudas…) Los contenedores tienen un remitente y un destinatario, el puerto cobra por usar sus instalaciones y servicios.

Megaupload era un modelo de negocio similar pero con matices, ellos recibían grandes contenedores de información, los almacenaban en sus servidores y los ponían a disposición de los usuarios, si descargabas el contenedor con el carro de la compra (conexión normal) no te cobran nada, pero si quieres entrar con el camión (descarga Premium) te cobran. En esto un puerto comercial y megaupload son muy similares. Pero hay algunas diferencias fundamentales que comento tras el salto.

Un contenedor que llega al puerto sólo se puede descargar una vez, el remitente es conocido y el destinatario también, un archivo que llega a Megaupload, se puede descargar infinitas veces el remitente puede ser detectado, el destinatario también (por las IP) pero es más complicado si se usa una IP pública.

El puerto cobra un tanto por contenedor, que paga o bien el remitente o bien el destinatario, o a medias, según el contrato que tengan entre ambos. Megaupload cobra por descargar el contenido a los que se lo quieran descargar rápido, pero si el contenido es suficientemente atractivo como para generar muchas descargas, el remitente cobra algo por subirlo.

Aquí es donde está la principal diferencia. El puerto es un mero intermediario, si la mercancía es ilegal, tanto remitente como destinatario están identificados y esa identidad se pone a disposición de las autoridades que actúan contra ellos y no contra el puerto.

Megaupload, al pagar por contenido se implica en la trama, ya que es más que evidente que los contenidos que generan más descargas no son tu álbum de fotos de la boda (por muchos invitados que hubiera); ni los vídeos de tus vacaciones, por más amigos del facebook que se lo quieran descargar; ni los powerpoints de tu empresa (se me ocurren sitios mejores que Megaupload para almacenar documentos de empresa).

En conclusión, el delito no es que haya contenido ilegal en los servidores de Megaupload, el delito es que Megaupload base su negocio en la existencia de ese contenido y lo fomente. De la misma manera que cuando alguien del puerto tiene conocimiento de que entran contenedores con mercancía ilegal y hace “la vista gorda” a cambio de cierto lucro particular, podrá ser acusado, junto al destinatario y el receptor de la mercancía.

En El Blog Salmón | Caso Megaupload: que cierren Google ya, ¿Cuáles son las consecuencias económicas del cierre de Megaupload?
Imagen | Kabacchi

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