Okupación: una grave realidad consentida por la ley

Okupación: una grave realidad consentida por la ley
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La Constitución Española reconoce, en su artículo 47, que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada" y que las instituciones "establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho". Es por ello que la legislación española tiende a proteger los derechos de los habitantes de la vivienda frente a los propietarios.

Frecuentemente esto entra en conflicto con el derecho a la propiedad privada también consagrado por la Constitución. Dado que hecha la ley, hecha la trampa, son muchos los que abusan al extremo de las leyes garantistas para instalarse gratuitamente en viviendas ajenas. Pese a que el acto mismo de entrar en la propiedad es ilegal, el permanecer viviendo allí no lo es: el procedimiento legal para recuperar la vivienda puede tardar hasta dos años, y con suerte.

La inseguridad jurídica derivada de la okupación acaba perjudicando a quienes quieren alquilar legalmente. En España hay 90.000 viviendas okupadas ilegalmente, que por tanto quedan fuera del mercado de alquiler. También hay muchas viviendas cuyos dueños prefieren tener vacías en lugar de alquiladas, dada la práctica imposibilidad de desalojar a inquilinos que no paguen con la actual ley en la mano ¿cómo hemos llegado a esta situación, y qué hacer para cambiarla?

Okupación en España: las 48 horas entre la ley y la trampa

Parece lógico que si el allanamiento de una propiedad privada es delito, la policía pueda desalojar a los infractores. Sin embargo, aunque el asalto sea delito, residir en una propiedad ajena en principio no lo es. ¿Cuál es el umbral a partir del cual se considera que alguien reside en una vivienda? Tan solo 48 horas. Ese es el periodo en el que, ante la denuncia del legítimo propietario, la policía puede desalojar una vivienda sin autorización judicial.

El problema viene cuando no hay testigos del asalto: sin una llamada de un vecino, por ejemplo, la policía no puede determinar cuándo se produjo. Por tanto, cuando los okupas logran entrar en una vivienda sin ser vistos, una de las primeras cosas que hacen (tras cambiar la cerradura) es llamar ellos mismos a la policía para manifestar que llevan allí más de 48 horas. Aunque sea falso, si no hay otros testigos o pruebas la declaración se considera válida y por tanto los okupas no pueden ser legalmente desalojados sin un proceso judicial. Esta y otras tácticas para usurpar viviendas se explican en manuales de okupación que circulan por internet.

Tras 48 horas los okupas son considerados residentes y solo pueden ser desalojados tras un largo proceso judicial

Pasadas las 48 horas, comienza un lento proceso judicial donde los derechos del okupa prevalecen sobre los del propietario. El propietario puede optar por la vía penal (delito de usurpación) o por la vía civil (desahucio en precario). La vía penal, pese a que acarrea penas más fuertes para los infractores, tiene el riesgo de ser desestimada por los jueces si la vivienda estaba vacía (ya que no se estaría produciendo la usurpación de la residencia habitual de nadie). La vía civil suele ser más efectiva, pero tarda unos ocho meses… si todo sale bien (y apenas tiene consecuencias para los okupas parte del desalojo en sí).

Los costes de todo este procedimiento son bastante sustanciales: unos 2.100 euros de media en gastos de abogado, procurador, notario y cerrajero. Pero esto es solo la punta del iceberg: a ello hay que sumar el arreglo de los desperfectos (que suelen ser cuantiosos) y el lucro cesante por no haber podido alquilar el piso, o haber tenido que pagar el alquiler de otro, durante la ocupación ilegal.

Un negocio para okupas… y "desokupadores"

Con la legislación actual en la práctica es posible vivir gratuitamente en viviendas ajenas con limitadas consecuencias judiciales, especialmente en ciudades como Madrid o Barcelona, donde los actuales gobiernos municipales toleran la práctica. Esto abre la puerta a la extorsión: aunque hay gente que okupa viviendas por necesidad, otros lo hacen por negocio. En muchos casos, los propietarios pagan a los okupas para irse con tal de ahorrarse el largo y costoso proceso legal.

El largo y costoso proceso legal incentiva acuerdos extrajudiciales y las empresas de 'desokupación'

Esta situación ha propiciado el nacimiento de empresas de "desokupadores" que tratan de provocar el desalojo de forma extrajudicial. Si los okupas no se avienen a desalojar, estas empresas montan 'dispositivos de vigilancia' que bordean los límites de la legalidad, pero sin llegar a traspasarla (o, al menos, ese es el reclamo). Las tarifas de estas empresas pueden oscilar entre 3.000y 8.000 euros.

La conveniencia de la solución extrajudicial incentiva pactos entre okupas y desokupadores donde ambos salen ganando, a costa de los legítimos propietarios. Recientemente se hizo viral la historia de la okupación de la portería de una finca habitada por ancianos, narrada por Poliorcetes. La empresa de 'desokupación' llegó a un acuerdo con los okupas y la comunidad de vecinos tuvo que hacer frente a la minuta de los primeros, la 'indemnización' pactada con los segundos y una generosa derrama para reparar los desperfectos, tras haber quedado destrozado el piso.

Un problema social que requiere soluciones urgentes

Una situación en la que los derechos de quien ocupa ilegalmente un piso prevalecen sobre sus legítimos propietarios es insostenible. Si un coche puede acabar en el depósito en cuestión de horas por no haber pagado el parquímetro, no parece de recibo que quien reside ilegalmente en la vivienda de otro pueda quedarse meses, incluso años, sin consecuencias.

La okupación es el mayor temor de los ciudadanos que poseen una segunda vivienda, por encima del robo. Además, entraña importantes problemas de seguridad. Los terroristas de Barcelona y Cambrils, sin ir más lejos, consiguieron su 'piso franco' por la sencilla vía de la okupación. Como la vivienda pertenecía a un banco, nadie movió un dedo para denunciar la ilegalidad, pese a que los problemas de seguridad de los pisos okupados ya habían sido denunciados por los Mossos.

Ante esta situación, es necesario reformar la ley para que el derecho a la vivienda de unos no se ejerza a costa de la propiedad privada de otros, y sobre todo, para evitar los incentivos que premian a quienes infringen la ley frente a los propietarios que la cumplen escrupulosamente. Medidas como ampliar el plazo de 48 horas o establecer un procedimiento judicial único para los desalojos, frente a la actual maraña burocrática, ya están siendo estudiadas en el Congreso. ¿Serán suficientes para que la ley ampare a quien la cumple, en vez de a quien la rompe?

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