Se acerca el momento de rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Como cada año, el mes de abril trae consigo la Declaración de la Renta, un trámite administrativo que lleva a mucha gente de cabeza.
Con carácter general, cualquier contribuyente, tanto autónomo como trabajador por cuenta ajena, está en la obligación de presentar su correspondiente declaración de impuestos, aunque hay algunos límites para estar exentos de declarar.
Ahora bien, ¿qué novedades tiene la Declaración de la Renta de este año?
Novedades de la Renta 2018
Para la Declaración correspondiente al ejercicio 2018 han entrado en vigor una serie de cambios referidos al aumento de la cuantía mínima de exención, prestaciones por familia numerosa y deducciones por maternidad, entre otros.
Puedes ver algunas de las principales novedades a continuación:
Aumenta el mínimo a declarar por más de un pagador
Los contribuyentes que hayan percibido rentas de más de un pagador estarán obligados a realizar la declaración cuando estén por encima de los 12.643 euros anuales (si uno de ellos ha aportado más de 1.500 euros). Hasta ahora, el límite era de 12.000 euros. En la Renta 2019 el mínimo exento será de 14.000 euros.
Aumenta la deducción por familia numerosa o persona con discapacidad a cargo.
Para las familias con más de tres hijos, la deducción será de hasta 600 euros anuales por cada uno. En el caso de hacerse cargo del cónyuge no separado legalmente, que sea una persona con discapacidad y que dependa económicamente del contribuyente, la deducción será de 1.200 euros anuales.
Exención de tributación de las prestaciones por maternidad.
Una novedad importante es el nuevo tratamiento de la prestación por maternidad. Como recordarás, el Tribunal Supremo cambió su criterio y consideró que todas aquellas personas que hayan cobrado la prestación por maternidad estarán exentas de declararla.
Por otro lado, esta deducción por maternidad aumenta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente haya soportado gastos de custodia en centros de educación infantil autorizados y mientras que el hijo sea menor de 3 años.
Reducciones por rendimientos del trabajo.
Los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 13.115 euros, tendrán una nueva cuantía de reducción que será de 5.565 euros anuales.
Los contribuyentes con rendimientos que comprendan entre 13.115 euros y 16.825 euros, disfrutarán de una reducción de 5.565 menos la cifra resultante de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento de trabajo y los 13.115 euros anuales.
Deducciones para autónomos que trabajan desde casa.
Por primera vez, los autónomos que hayan fijado su lugar de trabajo en su vivienda habitual, podrán deducir de la Declaración de la Renta los gastos de agua, luz, Internet, gas y telefonía.
Dependiendo de las dimensiones de la habitación utilizada como centro de trabajo respecto al tamaño total de la vivienda, la deducción será cercana al 30%.
Además, cuando tengan que salir de su lugar de trabajo, podrán descontarse los gastos realizados por manutención.
Fechas importantes de la Renta 2018
La Agencia Tributaria ha publicado un calendario del contribuyente en el que vienen reflejadas varias fechas relevantes. Es importante que las tengas presentes para saber cuándo preparar el borrador y los plazos para presentar tu declaración.
A continuación, verás las más significativas:
- 15 de marzo de 2019. Posibilidad de acceder a los datos fiscales de la Declaración.
- 1 de abril de 2019. Solicitud de cita previa del plan "Le llamamos".
- 2 de abril de 2019. Inicio del plazo para la solicitud del borrador y presentación de la declaración a través de Internet y por teléfono.
- 9 de mayo de 2019. Solicitud de cita previa para atención en oficinas.
- 14 de mayo de 2019. Inicio de la presentación de la declaración de la renta de forma presencial.
- 26 de junio de 2019. Fin del plazo para presentar la declaración con resultado “a ingresar” con domiciliación en cuenta.
- 28 de junio de 2019. Último día para solicitar cita previa para atención en oficinas o por teléfono.
- 1 de julio de 2019. Fin del plazo para la presentación de la declaración de la Renta 2018. Fin de la campaña.
Documentación para presentar la Declaración de la Renta físicamente
Si vas a hace este trámite burocrático físicamente en las oficinas de la Agencia Tributaria, más vale que te lleves todos los documentos necesarios el día de tu cita. De lo contrario, no podrás hacer la Declaración y tendrás que pedir cita de nuevo para volver otro día con los documentos que falten.
¿Y cuáles son los documentos necesarios?
- DNI original y fotocopia del DNI de las personas incluidas en la declaración.
- Autorización firmada por otros declarantes y su fotocopia del DNI para realizar la declaración en su nombre.
- Número IBAN de cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad o en los que vivas de alquiler.
- Documentos de rentas que hayas percibido: rendimientos del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario, rendimientos del capital mobiliario, rendimientos de actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales, regularización por devolución de intereses, etc.
Como puedes ver, realizar la Declaración físicamente puede ser bastante tedioso. Gracias a la digitalización de la mayor parte de la documentación, al presentar la declaración por internet se agilizan los trámites y se simplifica mucho el proceso.
Cómo hacer la Declaración de la Renta 2018 por Internet
La mayoría de los españoles elegirán la opción de internet para presentar su declaración de la renta. Es el método más fácil, rápido y sencillo de todos. Además, el sistema ha evolucionado desde el famoso Programa Padre hasta la plataforma Renta web que se implantó hace dos años.
Renta web simplifica todo el proceso para que cualquier persona sea capaz de presentar su declaración de forma telemática. La principal característica es que te permitirá realizar la declaración de la renta desde tu móvil o tablet, aunque para modificar los datos tendrás que irte al ordenador.
El acceso a Renta Web estará disponible desde la web de la Agencia Tributaria. Para acceder al mismo, necesitarás identificarte con alguna de las siguientes opciones:
- Un número de referencia
- Cl@ve PIN
- DNI electrónico o certificado electrónico de identificación.
De esta manera, podrás acceder a un resumen de la declaración. Como si se tratase del borrador, podrás consultar o modificar cualquier casilla de la declaración y presentarla si crees que todo está correcto.