El desgraciado accidente ocurrido la semana pasada en la provincia española de Granada, con el fallecimiento de varios trabajadores empleados en la construcción de un viaducto, ha traído a las primeras páginas un debate ya antiguo: las subcontratas. De inmediato han aparecido voces (algunas, para mi gusto, dentro de la más pura demagogia) que señalan directamente al fenómeno de la subcontratación como causante de la siniestralidad laboral, reclamando la regulación e incluso la prohibición de las mismas.
¿Es, como parece, la subcontratación una fuente únicamente de problemas? Como siempre, la respuesta es un tanto más compleja que "si" o "no". Para empezar, creo que es importante distinguir dos tipos de subcontrataciones. Por un lado, tenemos las empresas que, ante un encargo, subcontratan parte del trabajo a un tercero por motivos de volumen (ya que se produce un pico de actividad que la empresa no está preparada para afrontar) o de calidad (ya que la empresa no tiene ese conocimiento especializado).
Esta es la subcontratación que considero "buena". Por un lado, es eficiente en términos de distribución de recursos: no tendría sentido para la empresa contar en plantilla con ese personal sólo para los picos de actividad (y que tuvieran que estar parados el resto del tiempo) o los picos de exigencia de especialización. También es una buena solución para la empresa subcontratada, ya que trabajando para unos y para otros puede maximizar el tiempo trabajado, evitando los tiempos muertos. Se dinamiza así el mercado laboral y además se obtiene una mejor calidad en los trabajos finales (al estar realizados por especialistas). En esta situación la empresa que subcontrata sí aporta un valor (derivado de la selección y coordinación de las subcontratas) que veo razonable que sea remunerado.
Esta situación puede viciarse, sin embargo, cuando se producen casos de "empleados virtuales": aquellos que a tiempo completo y durante años trabajan para una única empresa, bajo las órdenes de la misma, pero que sin embargo se relacionan con contrato mercantil en vez de por contrato laboral.
Y lo que sí es una verdadera fuente de problemas son las "cadenas de subcontratación". En este caso, la empresa original subcontrata un servicio a un tercero. Este tercero, sin aportar valor ninguno, subcontrata a un cuarto. Y quizás este cuarto subcontrate a un quinto para hacer el mismo trabajo. En esta cadena, hay dos eslabones que sin aportar ningún valor (no coordinan, no seleccionan, no...), se quedan con parte del beneficio. Y así, el trabajo que podía haber sido realizado por el tercero es realizado por el quinto a un menor precio (ya que hay que descontar los beneficios de los eslabones perniciosos).
Aquí es donde surgen los problemas ya que, en estas condiciones, el último eslabón de la cadena tienen que realizar el mismo trabajo con una menor retribución. Y eso sólo se consigue reduciendo costes: materiales de peor calidad, contratación de mano de obra menos cualificada, contrataciones ilegales (para no pagar seguros sociales, impuestos y demás), "ahorro" en medidas de prevención de riesgos...
Desde mi punto de vista, las subcontratas no se deben criminalizar en términos generales, ya que bien entendidas aportan un valor real al mercado laboral y a la calidad de la producción que no hay que ignorar. Eso no es óbice para no ver los problemas que pueden surgir. Ahora bien, ¿es una reglamentación de las subcontratas el medio para evitar esos efectos perniciosos? En mi opinión, creo que no. Ya hay unas leyes laborales, unas leyes de prevención de riesgos laborales, un cuerpo de inspectores... En mi opinión, estas son las armas que hay que utilizar. Porque las subcontratas en sí mismas no son un problema, y si el Estado entra a regular este aspecto, corremos el riesgo de paralizar un modelo de relación laboral que, como he dicho antes, genera ventajas para todos los actores sociales.
Más información | Nota de prensa de Comisiones Obreras Más información | Documento de la Organización Internacional del Trabajo (pdf) Más información | Articulación productiva a través de la subcontratación