La justicia entra en el contrato de hipoteca

La justicia entra en el contrato de hipoteca
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Ayer hizo una semana desde que comentamos aquí una interesante noticia que preocupaba bastante al BBVA y a la banca en general por el peligroso precedente que podría suponer para ellos. Un juez de la Audiencia Provincial de Navarra llegó a sentenciar que la entrega de la vivienda con motivo de la ejecución de una hipoteca se podía considerar como suficiente para saldar la hipoteca de dicho inmueble ejecutado.

Esta sentencia ha sacado a la luz un debate interesante sobre la posibilidad de que la ley hipotecaria sea reformulada, ya que no parece justa. Como todo el mundo sabe hay una gran diferencia entre ley y justicia. La ley es una norma escrita, pactada y aprobada. La justicia es algo bastante más complejo y tiene un toque subjetivo. Es una de las cuatro virtudes cardinales de Platón junto a prudencia, templanza y fortaleza, e impartirla consiste básicamente en saber dar a cada uno lo que le corresponde.

Nuestra Constitución del 78, en el artículo 1.1: “… propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.” Junto a ello, el artículo 3 del título preliminar del código civil, que tiene rango constitucional y por tanto rango superior al de la ley hipotecaria, permite interpretar las normas según la realidad social del tiempo en que deben ser aplicadas.

Con estas bases, el juez de la Audiencia de Navarra ha considerado que la ley hipotecaria, en esta realidad social en la que nos encontramos, quiebra el principio de justicia. Lo quiebra porque cree que el banco tiene muchas responsabilidades en el problema de la depreciación de los inmuebles. Considera que fue el banco quien aceptó un precio superior al precio real y lógico del inmueble en la tasación inicial del mismo, y no quiere permitir ahora que el banco se lave las manos y cargue al deudor todo el costo económico de la depreciación.

En mi opinión el juez tiene mucha razón cuando atribuye culpabilidad a la banca, porque ésta ha venido actuando de forma irresponsable desde que comenzó a inflarse la burbuja inmobiliaria. Los directores de los bancos son gente titulada y deben saber algo de economía. Deben saber cómo funcionan las burbujas inmobiliarias y cuál es el precio razonable de una vivienda. No debieron actuar con el objetivo de vender por vender, sin entender los riesgos, aunque desgraciadamente así ha sido. La ley hipotecaria les blindaba de responsabilidades, pero este juez entiende que se ha llegado a una situación de falta de justicia.

El martes la ministra de economía Elena Salgado se pronunció sobre este tema, y lo hizo, como no, inclinándose a favor de la banca. Es lo más fácil. Lo difícil sería ir en contra de un lobby tan poderoso como el financiero y apoyar a este rayo de justicia que ha lanzado el juez.

Yo pienso que deberíamos cambiar esta ley, porque creo que el objeto de un contrato hipotecario debe ser el de ofrecer a dos partes cualesquiera la posibilidad de acordar un préstamo aceptando como aval solo al propio inmueble. Incluir también como aval al patrimonio personal me parece que debería llamarse de otra manera, porque no es lo mismo.

Se me ocurre una medida para solucionar este tipo de conflictos en el futuro: la creación de un nuevo seguro obligatorio, como es por ejemplo el seguro de daños a terceros para vehículos, con el objetivo de evitar los riesgos de posibles devaluaciones de inmuebles cuando se ejecute un contrato de hipoteca. Así, la diferencia entre el montante obtenido en la subasta y la deuda que quedase por pagar quedaría cubierta por una compañía aseguradora. Esta medida introduciría un nuevo coste para los interesados en firmar este tipo de contratos, pero creo que conseguiría dotar de seguridad a estas operaciones con un precio razonable.

En El Blog Salmón | Al BBVA le dan el primer palo judicial serio en una ejecución hipotecaria
Via | El País, El Mundo, Reggio´s
Imagen | Amio Cajander

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